La lucha contra la criminalidad económica, organizada y la protección internacional de los Derechos Humanos son las causas de la internacionalización.
El Estatuto Del Tribunal Internacional De La Haya De 17 De Junio De 1998
Es un Derecho Penal estricto el que se establece en el Estatuto del TPI de La Haya. Este TPI de La Haya es un organismo autónomo vinculado a las Naciones Unidas, como dice el artículo 2 Estatuto TPI de La Haya. Por otra parte, este TPI no viene a suplantar las competencias de los Tribunales de los países que firman el Tratado de Roma. Tiene carácter complementario o subsidiario. Solo interviene cuando los jueces penales nacionales no quieren o no pueden resolver un asunto. También cuando existan indicios que pongan en duda la imparcialidad a la hora de perseguir un asunto o juzgar a una persona, como establece el artículo 17.2 Estatuto TPI de La Haya.
Actúa solo en crímenes que sean de su competencia. Estos crímenes se recogen en el artículo 5 Estatuto TPI de La Haya. Los artículo 6, 7 y 8 Estatuto TPI de La Haya explican en que consisten esos delitos. Se puede criticar los crímenes de los que es competente, puesto que hay delitos muy graves que no están regulados en el Estatuto TPI de La Haya. La eficacia de este Tribunal es limitada, puesto que países como EE.UU, China o India no lo han firmado.
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