Clasificación de las infracciones criminales

El artículo 13 del Código Penal ofrece una clasificación formal de las infracciones penales, basada exclusivamente en la gravedad de las penas a imponer (que viene a su vez establecida en el artículo 33 del Código Penal).

Delitos y faltas en Derecho penal

– Delitos graves, delitos menos graves y faltas en Derecho penal

+ Delitos graves

Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena grave.

+ Delitos menos graves

Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga con pena menos grave.

+ Faltas

Son faltas las infracciones que la Ley castiga con pena leve.

– El diferente tratamiento de las faltas frentes a los delitos

Esta clasificación formal no resulta excesivamente útil en la teoría general del delito, aunque sí interesa poner de manifiesto el diferente tratamiento que reciben las faltas (reguladas en el Libro III del Código Penal) frente a los delitos:

+ En la aplicación de las penas correspondientes a las faltas, los Jueces y Tribunales no están sujetos a las reglas generales de los artículos 61 a 72 del Código Penal, tales como aplicación de atenuantes, agravantes, etcétera (artículo 638 del Código Penal).

+ No puede imponerse una medida de seguridad por la comisión de una falta (artículo 95.1.1º del Código Penal).

+ Las faltas sólo se castigarán cuando hayan sido consumadas, excepto las intentadas contra las personas o el patrimonio (artículo 15.2 del Código Penal).

No debe confundirse esta clasificación legal con otras clasificaciones, propias de la teoría del delito, que sirven para exponer de una forma más clara las distintas categorías que la conforman (por ejemplo, delitos de lesión y de peligro, de mera actividad y de resultado, etc.).

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– Introducción a la teoría del delito: artículos en nuestro blog de Derecho Penal

+ Método general de la teoría del delito

+ Evolución sistemática de la teoría del delito

+ Concepto y elementos de la infracción criminal

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Fuente:
Apuntes de Esther Hava García (@sterhava), Doctora en Derecho, y Profesora de Derecho Penal en la Universidad de Cádiz.

Esther Hava García

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