El control de constitucionalidad de las leyes y resoluciones penales

Nos referimos a unos principios que afectan desde el momento en que se crea el derecho penal, que va desde la actuación del derecho penal hasta el término con la imposición de la pena privativa de libertad. A estos principios están sometidos los poderes del Estado. En este momento destacar que para profundizar en el cumplimiento , el desarrollo de esos principios constitucionales y para materializarlos hay que hacer mención a los mecanismos de control con los que cuenta el estado, con el fin de poder hacer frente hacia el uso abusivo e injustificado del derecho penal. Los mecanismos son:

− Recurso de inconstitucionalidad. El Defensor del Pueblo, pidiendo al TC la constitucionalidad de una determinada norma.

− Cuestión de constitucionalidad. Juez, con el fin de que el TC le aclare dudas.

− Recurso de amparo. 1º condenado, se dirige al TC por haber infringido el principio de culpabilidad.

Javier Garcia de Tiedra Gonzalez
Últimas entradas de Javier Garcia de Tiedra Gonzalez (ver todo)

Deja un comentario