El delito de sustitución de niños

El punto 3 del artículo 220 del Código Penal regula el delito de sustitución de niños, este artículo establece que: “La sustitución de un niño por otro será castigada con las penas de prisión de uno a cinco años.”.

Delito sustitucion niños en Derecho penal

Es decir, ante todo se protege la vida de los niños, es el bien protegido.

– Sujeto activo del delito de sustitución de niños

El sujeto activo podrá ser cualquier persona, no es necesario que sea un familiar, simplemente tendrá que cambiar a un niño por otro.

– Alteración del estado civil en caso de sustitución

Si hay sustitución hay una alteración del estado civil. Además si el delito se produce sin que los padres lo sepan se produce un atentado contra su propia paternidad, con respecto al hijo que les han sustituido.

La sustitución del hijo se tiene que producir una vez que ha nacido o momentos posteriores al nacimiento.

– Agravación específica para los ascendientes

El punto 4 del artículo 220 regula la agravación específica para los ascendientes:

“Los ascendientes, por naturaleza o por adopción, que cometieran los hechos descritos en los tres apartados anteriores podrán ser castigados además con la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad que tuvieren sobre el hijo o descendiente supuesto, ocultado, entregado o sustituido, y, en su caso, sobre el resto de hijos o descendientes por tiempo de cuatro a diez años.”.

– Tipo imprudente del delito de sustitución de niños

Por último, el punto 5 del artículo 220 regula el tipo imprudente del delito de sustituciones de un niño por otro: “Las sustituciones de un niño por otro que se produjeren en centros sanitarios o por imprudencia grave de los responsables de su identificación y custodia, serán castigadas con la pena de prisión de seis meses a un año.”.

Es decir, se produce el delito pero de forma imprudente. No existe dolo en la intención de quien lo realiza, por lo tanto la pena va ser menor.

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Artículo redactado por Beatriz Nicolás, licenciada en Derecho y redactora de artículos jurídicos.

Beatriz Nicolás Diez
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