El traslado de personas condenadas se regula por el Convenio de Estrasburgo de 21 de marzo de 1983 sobre Traslado de Personas Condenadas y por un Protocolo Adicional de 1997. En este Convenio se permite que los extranjeros de los países firmantes puedan solicitar el traslado a su país para cumplir la pena impuesta siempre que no sea superior a la pena que se impone por ese hecho en su país. Se verá modificado a partir de 2011.
Últimas entradas de Javier Garcia de Tiedra Gonzalez (ver todo)
- Tipos de delitos - agosto 22, 2021
- Introducción al derecho penal - agosto 22, 2021
- El Mapa de la Criminalidad en España: comparativa de delitos e infracciones penales - febrero 4, 2021