Empleo de extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones perjudiciales

El último inciso del art. 312.2 del Código Penal castiga un comportamiento muy similar al previsto en el art. 311.1 del mismo Código, pero la diferencia radica en que, en este caso, está referido a «súbditos extranjeros sin permiso de trabajo».

Trabajadores extranjeros y Derecho penal

– El supuesto del 312.2 del Código Penal

Por otra parte, en este supuesto no es necesario probar que el comportamiento se ha realizado mediante engaño o abuso de una situación de necesidad, pues el legislador penal ha entendido que la ausencia de permiso de trabajo coloca ya al extranjero irregular («sin papeles») en una situación de necesidad.

– Artículos 311.1 y 312.2 del Código Penal: diferencias

Por lo tanto, la principal diferencia entre el art. 311.1 y el art. 312.2 del Código Penal reside en que en el art. 311.1 hay que probar que la conducta se ha realizado con engaño o abuso de situación de necesidad, y en el art. 312.2 la ausencia de permiso de trabajo lleva implícita la situación de necesidad.

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Fuente:
Nociones obtenidas al cursar la asignatura de “Derecho Penal de la Empresa”, impartida por Ríos Corbacho, en el Grado en Derecho (UCA).

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Por Alberto Freire Bolaño, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.

Javier Garcia de Tiedra Gonzalez
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