Otras modalidades de dolo

Dolo de peligro: cuando el dolo se proyecta sobre los delitos de peligro. Hay quien lo llama dolo eventual de lesión cosa que sólo se respalda desde una posición volitiva y no cognitiva como nosotros queremos. Dolo de lesión: Imprudencia consciente referida a la lesión (se identifican el dolo de lesión y la imprudencia). Dolo

El dolo

La forma de ejecución dominante en los delitos socioeconómicos será la dolosa (salvo excepciones) siendo necesario analizar en el caso concreto si el dolo es directo o eventual. En la mayoría de los casos nos encontraremos en los tipos penales expresiones denotativas de dolo directo. Por lo que el dolo eventual va a tener un

Excepcionalidad de los tipos imprudentes

En el ámbito de los delitos socioeconómicos la regla general es que los tipos son ejecutables a título de dolo siendo excepcional la comisión imprudente para aquellas conductas que comportan ataques verdaderamente intolerables para bienes jurídicos fundamentales. Este carácter marginal de la punición de las imprudencias se hace patente en la legislación española dado que

Límites cuantitativos en los delitos socioeconómicos

La inclusión de limites cuantitativos en determinadas figuras de delito que sirven fundamentalmente para contribuir a deslindar el injusto penal del meramente administrativo ha sido una técnica tipificación muy controvertida (medida anticuada para algunos). Suele ser aplicado en delitos a la Hacienda Pública, fraude tributario y Seguridad Social. Lo verdaderamente debatido en la doctrina es

Causalidad e imputación objetiva en delitos socioeconómicos

En el ámbito de los delitos socioeconómicos se dan unas peculiaridades propias que hacen imposible el traslado de las construcciones elaboradas para los tipos penales clásicos en lo que se refiere a los criterios de imputación objetiva. No obstante, tampoco se puede fijar con carácter general unas reglas de imputación objetivas válidas para la amplia

Cláusula de autorización

En las cláusulas de autorización el legislador normalmente exige que no concurra un acto administrativo de autorización. Existe un problema de posible inconstitucionalidad ya que la tipicidad penal va a depender en última instancia de la autoridad administrativa con la consiguiente situación de desigualdad e inseguridad jurídica. Fuente:Apuntes sobre Derecho penal económico, Enrique Gaya Picón.

Retroactividad de leyes penales en blanco y elementos normativos jurídicos

De una tesis negadora de la retroactividad, en la actualidad prevalece la tesis favorable a la aplicación retroactiva (en virtud del art 2.2 CP1995). No obstante y respaldándose en este artículo, se ha creado una tesis intermedia según la cual se procede a la retroactividad cuando la modificación de la normativa extrapenal obecedece a un

Elementos normativos jurídicos

La diferencia con la ley penal en blanco es discutible. Hay quien dice que la ley penal en blanco es la presencia de una remisión en bloque en la normativa extrapenal y en los elementos normativos jurídicos se hace una remisión interpretativa a la normativa extrapenal para fijar el contenido de un elemento típico que

Ley penal en blanco

En sentido estricto, la ley penal en blanco son remisiones que la ley penal efectúa a una instancia inferior a la ley (reglamento, disposición particular o un acto administrativo de una autoridad): fundamento político-jurídico que plantea problemas con el principio de legalidad. En sentido amplio, la ley penal se remite a otra norma extrapenal que

Circulación y entrega vigilada de sustancias prohibidas

La circulación y entrega vigilada de sustancias prohibidas es una medida de investigación consistente en permitir que remesas ilícitas o sospechosas de drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas u otras sustancias prohibidas circulen por territorio español o salgan o entren en él sin interferencia obstativa de la autoridad y bajo su vigilancia, con el fin de descubrir

Utilización de agentes encubiertos en el proceso penal

El fundamento de la utilización de agentes encubiertos se encuentra en la lucha contra el crimen organizado, es decir, en el descubrimiento y sanción de delitos de enorme gravedad e impacto social cometidos por organizaciones criminales dotadas de material altamente sofisticado y personal especializado. – Estas organizaciones tienen como elemento esencial la clandestinidad: mantener oculta

Interrogatorio del imputado (indagatoria)

Vamos a ver en esta entrada, encuadrable en el Derecho Procesal Penal, el interrogatorio del imputado o indagatoria. – Naturaleza del interrogatorio del imputado + Acto de investigación Diligencia de investigación por la cual el juez interroga al imputado para la averiguación de los hechos y la participación en ellos del procesado; así, se le

Careo en el proceso penal

El careo es una diligencia consistente en enfrentar cara a cara a los testigos o a los procesados entre sí o a aquéllos con éstos, en presencia del órgano jurisdiccional, cuando mantengan una versión distinta de los hechos y se pretendan aclarar las contradicciones (arts. 451 y ss LECrim). Reglas: – Utilización subsidiaria: no se

Declaración testifical

La declaración testifical es la diligencia de investigación consistente en el examen de una persona ajena al procedimiento para que preste una declaración de conocimiento; aunque materialmente no difiere de la prueba de testigos realizada en el juicio oral, sí que se diferencia en cuanto a su finalidad, valor y procedimiento: – Finalidad. Las declaraciones

Informe pericial

El Juez acordará el informe pericial cuando, para conocer o apreciar algún hecho o circunstancia importante en el sumario, fuesen necesarios conocimientos científicos, artísticos o prácticos. La materia u objeto sobre los que se pide informe de los peritos durante la investigación puede ser enormemente variado; destacan los referidos al cuerpo del delito, como las

Reconocimiento en rueda

El reconocimiento en rueda es un medio para lograr la identificación de una persona a través de testigos que han presenciado los hechos; ante éste se sitúan varias personas de características físicas similares, con el fin de que el testigo señale a cual de ellas vio participando en el delito. Es una diligencia exclusivamente sumarial,

Recogida del cuerpo del delito

El cuerpo del delito hace referencia a cualquier rastro visible que pueda dejar un hecho delictivo: armas o instrumentos con los que se cometió, la persona que sufre sus consecuencias, las cosas objetos de delito (por ejemplo, las cosas robadas), etc. – ¿Qué entiende la doctrina por cuerpo del delito? La doctrina distingue: + Cuerpo

La intervención del responsable civil en el proceso penal

Cuando de la investigación resulten indicios de criminalidad contra una persona, se dictará auto ordenándole que preste fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias que correspondan; dicho auto decretará, asimismo, el embargo de bienes suficientes para el caso de que no se preste fianza, y fijará la cantidad. A la vez que el imputado interviene

La responsabilidad civil subsidiaria de las Administraciones Públicas

La responsabilidad civil de las Administraciones Públicas derivada de hechos delictivos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio del cargo y obedece a un sistema dual de reparación. – Sistema dual de reparación en la responsabilidad civil subsidiaria de las Administraciones Públicas: artículo 121 del Código Penal El artículo 121 del Código Penal parece otorgar

La responsabilidad civil subsidiaria

Vamos a ver en esta entrada la responsabilidad civil subsidiaria. – ¿Cuándo estaremos ante responsabilidad civil subsidiaria? Son responsables civiles subsidiarios, por insolvencia del que lo sea criminalmente: 1.- Los padres o tutores, por los daños y perjuicios causados por los delitos o faltas cometidos por los mayores de dieciocho años sujetos a su patria

La responsabilidad civil directa

Vamos a ver en esta entrada sobre quién recae la responsabilidad civil directa. – ¿Sobre quién recae la responsabilidad civil directa? La responsabilidad civil directa recae sobre: + El que resulte responsable penalmente, sea como autor o como cómplice. + Receptadores: los terceros que hubieran participado por título lucrativo de los efectos de un delito

Concepto y contenido de los responsables civiles

El responsable civil es aquel contra quien se dirige la pretensión de restitución, de reparación del daño o de indemnización de los perjuicios materiales y morales por hechos delictivos (de manera que la responsabilidad civil por hechos delictivos comprende la restitución, la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios materiales y morales). –

El llamado «actor civil» en el proceso penal

El legislador denomina actor civil a la parte procesal que, siendo titular de la pretensión de reparación, únicamente ejercita la acción civil. No obstante, las normas que rigen su actuación procesal son aplicables tanto al Ministerio Fiscal como al perjudicado cuando también ejerciten la acción penal. – Adquisición de la condición de actor civil +

Los actores civiles en el proceso penal

Los hechos delictivos suelen generar consecuencias en el patrimonio de la víctima que es privada de una cosa propia (como en el delito de robo), o que padece un daño o perjuicio (como en el delito de lesiones o de incendio). En tales casos, la ley acumula en el proceso penal un doble objeto, puesto

La ejecución de la responsabilidad patrimonial

La responsabilidad patrimonial declarada en la sentencia penal puede comprender conceptos diferentes: la responsabilidad civil derivada de los hechos delictivos –consistente en la restitución, reparación del daño e indemnización de los perjuicios-; las costas procesales; y las multas que se impusieran –ya sean impuestas como pena o en concepto de corrección-. – Supuesto de inexistencia

La ejecución de otras penas

Pena restrictiva de la libertad ambulatoria o de movimientos del penado: prohibición de residir o acudir al lugar en que se haya cometido el delito, o a aquél en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos (artículo 48 del Código Penal). Para la ejecución de esta pena habrá de ordenarse la conducción

La ejecución de penas privativas de libertad

La privación de libertad es la pena más grave que contempla nuestro ordenamiento; consiste en el internamiento del condenado en un establecimiento penitenciario por todo el tiempo que dure la condena, sin perjuicio de que pueda gozar de libertad en la última parte de su condena y de ciertos beneficios. Regulación: Código Penal, Ley de

Presupuestos de la ejecución penal

Vamos a ver en esta entrada los diferentes presupuestos de la ejecución penal. – El título de ejecución + El único título para proceder a la ejecución penal es la sentencia condenatoria (la sentencia absolutoria y los autos de sobreseimiento que pongan fin al proceso penal no dan lugar a actividades de ejecución propiamente dichas).

Principios de la ejecución penal

Vamos a ver en esta entrada los diferentes principios propios de la ejecución penal. – Desvanecimiento de la presunción de inocencia Desvanecimiento de la presunción de inocencia, que desaparece con la resolución judicial que lo declara penalmente responsable de los hechos delictivos, a la vista de la actividad probatoria de cargo practicada en el juicio.

Concepto, naturaleza y contenido de la ejecución penal

La potestad jurisdiccional, que se atribuye de forma exclusiva a juzgados y tribunales, no se agota en la fase declarativa, pues también comprende la ejecución de lo juzgado (artículo 117.3 de la Constitución): el uso de la fuerza estatal para hacer cumplir sus resoluciones. – Definición de ejecución penal Así, la ejecución penal puede definirse

Modos de ejercicio del Derecho de defensa

El Derecho de defensa se ejercerá por el propio imputado o, como regla general, a través de la intervención de abogado. – Autodefensa Como regla general, nadie puede defenderse a sí mismo (ni aun siendo abogado); no obstante, hay casos en los que, por su menor importancia, se exime de postulación; son actuaciones excepcionales que

Concepto y contenido general del Derecho de defensa

La comunicación de la imputación no tendría sentido si después el sujeto no puede defenderse activamente. Por eso, el principal efecto de la comunicación de la imputación es posibilitar el ejercicio del derecho de defensa. Por tanto, el derecho de defensa exige un presupuesto básico: el conocimiento de la imputación y la audiencia del imputado,

Configuración del injusto en relación con la intensidad de ataque del bien jurídico

En el sector de los delitos económicos encontramos diversas modalidades de tipos que surgen con base en el criterio atendiendo a la intensidad de ataque al bien jurídico. Así pues, encontramos: a) Delitos de lesión o daño: se caracterizan por comportar un efectivo menoscabo al bj tutelado b) Delitos de peligro: se consuman con la

Tesis de Tiedemann sobre los bienes jurídico intermedios

Esta tesis sostiene que en base a la creación de los modernos delitos económicos en el Código Penal alemán. Existe siempre la vulneración en primera línea de un bien jurídico supraindividual (general o difuso) que resulta lesionado ante cada acción defraudatoria individual realizada en un caso concreto. Críticas: 1. Hay quien niega que estos bienes

Delitos económicos en sentido amplio y en sentido estricto

La polémica apareció en el Proyecto de 1980 que ya incluía un título bajo la rúbrica “delitos contra el orden socioeconómico” cuando un sector doctrinal criticó dicho titulo sobre la base de concebir el orden socio económico como bien jurídico protegido. No obstante, en la exposición de motivos se hablaba de un objeto de protección

Bien jurídico mediato e inmediato

La distinción entre bien jurídico mediato e inmediato viene motivada por la intención de elaborar en un mismo tipo la protección de varios bienes. Es en los delitos socioeconómicos donde se hace mas necesaria dicha distinción dado que en la inmensa mayoría de las figuras delictivas se descubren ambos tipos de bienes. Bien jurídico inmediato

Clasificación de delitos socioeconómicos propuesta en el Código penal de 1995 de los delitos económicos

Para realizar esta clasificación partimos del criterio del bien jurídico tutelado. Aclarar que es imposible fijar con claridad el contorno de la categoría de delitos económicos en sentido amplio, cosa que no ocurre para los delitos económicos en sentido estricto. Delitos económicos en sentido estricto: Poseen un interés jurídico inmediata o mediatamente protegido un bien

Criterios para identificar la categoría de delitos socioeconómicos

El bien jurídico protegido: Es necesaria la proyección conceptual de los delitos contra el orden socioeconómico. Por lo tanto se precisa la afectación de manera mediata o inmediata a intereses económicos supraindividuales. La constatación de un bien jurídico mediato supraindividual del orden socioeconómico es la justificación que en muchas ocasiones acoge el legislador para criminalizar

Los proyectos españoles del Código penal y el nuevo de 1995

El proyecto alemán influyó claramente en la confección de sucesivos proyectos legislativos de nuevo Código Penal elaboradas en España a raíz de la reimplantación del régimen democrático. Esta influencia se materializó en la previsión de un título de delitos relativos al orden económico en todos los textos publicados. El Código Penal español anterior al de

Sistematización del Derecho alemán: especial referencia al proyecto alternativo (1977)

Se considera el primer intento moderno de ofrecer un exhaustivo catálogo de delitos socioeconómicos, clasificados en diferentes capítulos donde se pretendía agrupar figuras delictivas emparentadas entre sí en base a una serie de criterios que venían expuestos en su Exposición de motivos. A tales efectos dedicó un título completo bajo la rúbrica “ delitos contra

Concepto estricto y amplio de los delitos socio-económicos

Existe un notable consenso entorno a esta distinción. La doctrina española se acogió a la misma, en base al proyecto alternativo y a la doctrina alemana mayoritaria tras la publicación de la primera gran obra científica moderna publicada sobre el Derecho penal económico cuyo autor es Bajo Fernández. Su aportación ha sido decisiva en la

Diferencia del Derecho penal con la potestad sancionadora

La separación de poderes no es tan perfecta como se nos enseña. Un ejemplo de ello es la potestad sancionadora de la administración; algunos autores que negaban esa autoridad pero hoy en día no se duda. El reconocimiento de la potestad sancionadora de la Administración viene recogido por la Constitución Española; el ius punendi esta

Expansión del Derecho penal

La aparición del Derecho penal puede haber sido motivada por la aparición de nuevos bienes jurídicos o por bienes jurídicos que han cobrado una nueva y mayor importancia. Motivos de Silva: 1. La mayor fuente de peligro para el hombre es el propio hombre. 2. La institucionalización de la inseguridad (ej: se trabaja en equipo

Precisiones terminológicas y metodológicas del Derecho penal económico

Derecho penal económico, derecho penal socio-económico, derecho penal de la economía… es una calificación fijada sobre la peculiar naturaleza del objeto que se pretende tutelar por lo que no estamos ante un derecho penal sustancialmente diferente ya que se rige por los mismos principios jurídico penales y se encauza por las mismas instituciones dogmáticas que

Disposiciones comunes en los delitos contra la libertad sexual

Los delitos contra la libertad sexual son perseguibles previa denuncia de parte, salvo los que afecten a menores e incapaces. No obstante, una vez interpuesta la denuncia, el perdón del ofendido o de su representante legal no extingue la acción penal (artículo 191 del Código Penal). – Medida de libertad vigilada a los condenados por

Delito de exhibicionismo y provocación sexual

Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual son los delitos sexuales menos graves, hasta el punto de que un nutrido sector de la doctrina los considera “caducos” y propugna su desaparición. Se trata de comportamientos mediante los cuales se pretende despertar el apetito sexual ajeno, sin que en ningún caso den lugar a contacto sexual

El delito de acoso sexual

El bien jurídico afectado en el acoso sexual va a ser la libertad de decidir en el proceso de formación de la voluntad en el ámbito sexual, aunque la exigencia de que la situación sea objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o “humillante” también pone en conexión este delito con la integridad moral o dignidad. –

Agresiones y abusos a menores de 13 años

El artículo 183 del Código Penal castiga cualquier tipo de contacto sexual con un menor de trece años, sin que quepa prueba en contrario sobre la ausencia de consentimiento a la relación sexual. – Castigo de la «indemnidad sexual» del menor en el delito de agresiones y abusos a menores de trece años Por ello,

Delitos de abusos sexuales

El bien jurídico afectado en los delitos de abuso sexual es la libertad sexual de la víctima, al igual que en las agresiones sexuales. En estos supuestos, dado que no se emplea violencia o intimidación, no suelen verse afectados otros bienes jurídicos. – Sujetos activo y pasivo en los abusos sexuales Pueden realizarse las mismas consideraciones

Agresiones sexuales

El bien jurídico afectado en los delitos de agresión sexual es la libertad sexual, entendida como el derecho a no verse involucrado, activa o pasivamente, en conductas de contenido sexual no consentidas. Dado que en las agresiones sexuales se emplea violencia o intimidación, pueden verse afectados otros bienes jurídicos personalísimos de la víctima. – Sujetos activo

Trata de seres humanos (art. 177 bis del Código Penal)

La trata de seres humanos consiste básicamente en comerciar con personas como si se tratara de mercancías, ya sea para explotarlas laboral, sexualmente o comerciar con sus órganos. – Bien jurídico afectado en la trata de seres humanos La trata afecta fundamentalmente a la dignidad y libertad del sujeto pasivo (los ataques a sus derechos

Torturas y otros delitos contra la integridad moral

El bien jurídico afectado en los delitos de torturas y contra la integridad moral es la integridad moral, entendida como el derecho a no padecer sufrimientos físicos o psíquicos que conlleven humillación, envilecimiento, cosificación o instrumentalización. – En función de la gravedad del ataque al bien jurídico pueden distinguirse tres tipos de comportamientos: tortura, trato

Delito de coacciones

En el delito de coacciones el bien jurídico es la libertad de ejecutar las decisiones previamente adoptadas. – Conducta típica en el delito de coacciones Sin estar legítimamente autorizado, impedir a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o compelerle a efectuar lo que no quiere. Los delitos de coacciones constituyen un

Delito de amenazas

El Tribunal Supremo ha considerado que en los diferentes delitos de amenazas se protege “tanto la libertad como la seguridad, es decir, el derecho que todos tienen al sosiego y a la tranquilidad personal en el desarrollo normal y ordenado de su vida”. – Elementos comunes a las diferentes clases de amenazas + Verbo nuclear:

Delitos relativos a las detenciones ilegales y secuestros

En estos delitos (detenciones ilegales y secuestros) se protege la libertad, en su faceta de libertad ambulatoria: capacidad del individuo para trasladarse de un lugar a otro a voluntad. – Matizaciones relativas a la libertad ambulatoria En relación a ello, deben realizarse algunas matizaciones: la libertad ambulatoria no se protege de forma absoluta, sino que

Delito de lesiones al feto

El bien jurídico a proteger en el caso de un delito de lesiones al feto es la salud e integridad corporal del futuro nacido, frente a agresiones que sufre cuando todavía depende del seno materno. – Límite entre los delitos de lesiones al feto y a la persona El límite entre los delitos de lesiones al

Delito de tráfico ilegal de órganos

El tráfico ilegal de órganos se trata de un tipo específico de lesiones en el que se castiga con una pena superior lo que constituiría, de no existir este precepto, unos actos preparatorios o una tentativa de lesiones dolosas. – Conducta típica en el delito de tráfico ilegal de órganos Promover, favorecer, facilitar o publicitar

Delito de participación en riña tumultuaria (artículo 154 Código Penal)

La participación en riña tumultuaria es un delito que requiere varios sujetos activos y pasivos, que simultáneamente son agresores y agredidos, en el marco de una riña mutuamente aceptada, o de una pelea recíprocamente consentida. Cada uno de los partícipes es actor provocador del enfrentamiento, de forma que no cabe apelar a la legítima defensa.

Maltrato singular (artículo 153 Código Penal)

Se castigan en este precepto, en el maltrato singular, determinadas conductas que, de lo contrario, sólo serían sancionadas como faltas de lesiones. ‐ Bien jurídico a proteger en el maltrato singular Además de la salud, integridad física y psíquica de la víctima, se protege en este caso la pacífica convivencia doméstica, la dignidad de la

El consentimiento en las lesiones

Análisis del consentimiento en las lesiones: el consentimiento como atenuante, como eximente, y los supuestos de invalidez del consentimiento. – El consentimiento como atenuante de la pena De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 155 del Código Penal, el consentimiento del titular del bien jurídico (el lesionado) no excluye la antijuricidad del comportamiento, aunque

Concepto de lesión

El Código Penal entiende por lesión el «Menoscabo de la integridad corporal o salud física o mental». Debe requerir al menos una primera asistencia facultativa. En función del daño causado a la víctima, las lesiones podrán ser constitutivas de delito o de falta – Lesiones constitutivas de delito Cuando las lesiones requieran objetivamente para su sanidad,

Aborto imprudente

El aborto imprudente es un tipo de delito contra la vida humana dependiente, pudiendo dividirse según el grado de imprudencia.  El aborto imprudente será diferente según la imprudencia en el mismo fuese grave o simple. – Penas en el aborto imprudente + Aborto causado por imprudencia grave Sólo se penaliza el aborto causado por imprudencia

Aborto doloso

El aborto doloso, delito contra la vida humana dependiente, es divisible según el consentimiento o no de la embarazada, dando lugar al aborto no consentido o aborto consentido. El consentimiento de la mujer embarazada es imprescindible en el establecimiento de las penas en el aborto doloso. – Aborto no consentido El aborto no consentido es

Delitos contra la vida humana dependiente: el aborto

La vinculación que existe entre el feto y la madre durante el embarazo hace que se plantee un conflicto de intereses en aquellos supuestos en los que no es posible salvaguardar la vida del feto, asegurando la continuación de la gestación, sin afectar al mismo tiempo a otros bienes jurídicos protegidos, como la vida, salud,

Eutanasia

La eutanasia constituye un supuesto especial atenuado dentro de los calificados como de auxilio ejecutivo al suicidio, que está previsto en el artículo 143.4 del Código Penal. – La eutanasia, un supuesto especial atenuado de auxilio ejecutivo al suicidio En estos casos la atenuación de la pena se justifica al mismo tiempo en el hecho

Auxilio e inducción al suicidio

En nuestro ordenamiento el suicidio es una conducta impune con respecto al que lo realiza, y ello por razones obvias. Pero esto no significa que la propia vida sea un bien jurídico disponible. Hoy por hoy, la vida es objeto de protección en nuestro sistema jurídico aún en contra de la voluntad de su titular,

El delito de asesinato

El asesinato es un homicidio doloso especialmente agravado, que se castiga con prisión de 15 a 20 años por la concurrencia de alguna de las tres circunstancias que se recogen en el artículo 139 del Código Penal: alevosía; precio, recompensa o promesa y/o ensañamiento. – Alevosía La alevosía viene definida a su vez dentro del

Delito de homicidio imprudente

Con carácter general, son necesarios tres elementos para estimar cometido un homicidio imprudente: infracción del deber objetivo de cuidado; previsibilidad objetiva del resulta y la efectiva producción del resultado muerte. – Elementos para estimar cometido homicidio imprudente + Infracción del deber objetivo de cuidado El comportamiento debe realizarse sin la diligencia que debería haber observado

Homicidio doloso (tipo subjetivo)

El homicidio doloso exige, lógicamente, probar que el sujeto activo actuó con dolo, esto es, conocimiento y voluntad de realizar todos los elementos objetivos del tipo (matar a otro). El dolo puede ser eventual: basta con que el autor haya previsto la muerte de otra persona como consecuencia de su conducta y a pesar de

Delito de homicidio doloso (tipo objetivo)

El homicidio doloso es un delito común: sujetos activo y pasivo pueden serlo cualquier persona. No obstante, en algunos supuestos se aplican otros tipos (delitos especiales impropios) por la concurrencia de determinados factores, como ahora veremos. – Especiales características del sujeto pasivo Rey, ascendientes o descendientes, consorte, Regente o miembro de la Regencia, o Príncipe heredero

Delitos contra la vida humana independiente

El Derecho Penal protege más la vida humana independiente que la dependiente (aborto, lesiones al feto), probablemente porque a la vida humana autónoma o independiente el ordenamiento le atribuye una serie de valores añadidos (derecho a la personalidad, dignidad humana, etc.). ‐ Bien jurídico de los delitos contra la vida humana independiente Para delimitar el

La fase de ejecución del proceso penal

Una vez que la sentencia es firme, es decir, que no puede ser recurrida por ninguna de las partes, se abre la última fase del proceso penal, o fase de ejecución. – La ejecución: cumplimiento de las penas decretadas por el juez Mediante la ejecución se garantiza el cumplimiento efectivo de las penas decretadas por

Fase del juicio oral en el proceso penal

Con el fin de garantizar la independencia e imparcialidad del juzgador, la ley establece la absoluta separación entre los órganos encargados de la instrucción y del enjuiciamiento. Así, la fase de instrucción se desarrolla ante el juez de instrucción, mientras que el juicio oral está presidido por un tribunal colegiado, la Audiencia Provincial. Como consecuencia

La fase intermedia del proceso penal y el sobreseimiento

En cuanto la Audiencia Provincial recibe el sumario, se inicia la denominada fase intermedia que comprende todas las actuaciones procesales que se realizan entre la conclusión del sumario y la apertura del juicio oral. El tribunal que recibe los autos los remite al Ministerio fiscal y a las partes acusadoras para que manifiesten su conformidad

La fase de instrucción del proceso penal

La fase de instrucción del proceso penal, también llamada de investigación, es aquella en la que el juez de instrucción realiza todas aquellas actuaciones destinadas a averiguar el hecho delictivo y las circunstancias que lo hayan rodeado. Su finalidad no es otra que preparar el juicio oral. – Primeras investigaciones: ¿existe delito?, en su caso,

La libertad provisional

Toda persona procesada o imputada, en la que no concurran las circunstancias determinantes de la prisión provisional, deberá ser puesta en libertad. Sin embargo, teniendo en cuenta que, como procesada o imputada, está pendiente de la resolución de un proceso penal, la ley establece determinadas garantías para impedir que pueda eludir la acción de la

La prisión provisional

La prisión provisional consiste en la privación de libertad decretada por el juez de instrucción que ordena el internamiento de la persona que aparece como presunto autor de un delito en un centro penitenciario. – Duración de la prisión provisional y derechos del retenido en prisión provisional La duración máxima de la prisión provisional está

La detención preventiva

La detención preventiva consiste en la privación de libertad de una persona que aparece como supuesto autor, cómplice o encubridor de un delito. – Garantías para con la detención preventiva que debe respetar el juez Para aplicar esta medida cautelar, el juez debe respetar una serie de garantías establecidas por la ley en favor del

Inicio del proceso penal

El proceso penal se inicia cuando el juez tiene conocimiento de la llamada notitia crimini, o noticia del delito. El conocimiento de un posible hecho delictivo se produce de tres maneras: de oficio, mediante actuación particular o por actuación del Ministerio fiscal. – Inicio del proceso de oficio, por actuación particular o por actuación del

Los sujetos del procedimiento penal

En el procedimiento penal existen dos partes: la parte acusadora y el acusado. Tienen la consideración de parte procesal la persona, o personas, que solicitan de un órgano judicial la imposición de una pena y la persona, o personas, frente a quien ejercitan dichas pretensiones. A su vez, la parte acusadora puede estar integrada por

El procedimiento de habeas corpus

La institución del habeas corpus, originaria del derecho constitucional británico, constituye una de las máximas garantías para la libertad de los ciudadanos frente a la arbitrariedad de los poderes públicos. – Finalidad del habeas corpus Su finalidad consiste en impedir de forma rápida y eficaz que una persona pueda ser detenida por la autoridad sin

El Derecho de defensa y las garantías procesales

Una de las principales características del Derecho procesal penal es que se articula en torno al Derecho de defensa del imputado, que implica que toda persona acusada de un hecho delictivo tiene derecho a defenderse en el transcurso del proceso penal al que será sometida. – El Derecho a la defensa, reconocido en la Constitución

Concepto de Derecho Procesal Penal

En un Estado de derecho, el ius puniendi, o derecho de castigar, corresponde de forma exclusiva al Estado, que puede hacer uso de él para reprimir las actividades delictivas que pongan en peligro la paz social. Pero el ejercicio de esta potestad debe hacerse con arreglo al principio de legalidad, según el cual no puede

Delito Continuado y Delito Masa

El delito continuado es un supuesto especial de concurso real, que se produce cuando en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, se realizan una pluralidad de delitos que ofenden a uno o varios sujetos e infringen el mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza. – Delito continuado e imposición

Concurso de delitos: concurso real e ideal

Dentro del concurso de delitos, en Derecho penal, vamos a poder diferenciar entre el concurso real de delitos y el concurso ideal de delitos, como ahora veremos.   – Concurso real de delitos Estamos ante un concurso real cuando el sujeto ha realizado varios comportamientos que han dado lugar a varios delitos (por ejemplo A

Delito permanente, habitual y complejo

Ninguna de estas tres formas delictivas constituyen, en realidad, casos de pluralidad de infracciones a los que deban aplicarse reglas específicas en la determinación de la pena. – Delito permanente La peculiaridad del delito permanente radica precisamente en la permanencia del ataque al bien jurídico que supone, de modo que se sigue consumando desde que

Complicidad, inducción y cooperación necesaria

Nuestro Código Penal castiga tres formas de participación en el delito: la inducción, la cooperación necesaria y la complicidad. La inducción y la cooperación necesaria son descritas en el artículo 28.2 del Código Penal, que las equipara a efectos de pena a la autoría; por su parte, la complicidad viene definida en el art. 29

Clases de autoría

El artículo 28.1 del Código Penal hace referencia a las tres clases de autoría principales: autoría individual o directa; coautoría y autoría mediata. Los artículos 30 y 31 del Código Penal establecen otras formas especiales de autoría y participación. – Clases de autoría: artículo 28.1 del Código Penal + Autoría individual o directa («quienes realizan

Concepto de autor

El artículo 28.1 del Código Penal dispone que son autores «quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento»; por su parte, el artículo 28.2 del Código Penal establece que también serán considerados autores «los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo» y

Autoría y participación

La comisión de un delito puede ser llevada a cabo por un solo sujeto (por ejemplo A mata a B), o bien con la intervención de varios (por ejemplo A mata a B por encargo de C, o con la ayuda de D, o con la pistola que le proporcionó E, etc.). La teoría de

Consumación

La consumación implica la realización de todos los elementos típicos, incluida la producción completa del desvalor de resultado previsto en el correspondiente tipo (afectación típica del bien jurídico, que podrá ser de lesión -por ejemplo artículo 138 del Código Penal- o de peligro -por ejemplo el artículo 325 del Código Penal). Como se vio, los

Tentativa

De acuerdo con el artículo 16.1 del Código Penal, hay tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor. – Tentativa

Actos preparatorios punibles

Los actos preparatorios son comportamientos anteriores al comienzo de la ejecución material del delito que se caracterizan por ser actuaciones externas, percibidas sensorialmente por terceros y objetivamente peligrosas, que están dirigidas intencionalmente a la posterior ejecución y consumación de determinados delitos. Nuestro Código Penal recoge un sistema de numerus clausus en relación con los actos

Iter criminis

Iter criminis es una expresión latina que significa «camino del delito», y se utiliza en Derecho penal para referirse al proceso de desarrollo del delito, es decir, las diferentes fases por las que pasa, desde el momento en que se idea la comisión de un delito hasta que se consuma. – Iter criminis: fase interna

Punibilidad

Por regla general, puede afirmarse que estamos ante un delito cuando se constata la existencia de un comportamiento típico, antijurídico y culpable. No obstante, en algunos casos excepcionales, y por razones de oportunidad o de política criminal, aún es preciso comprobar la concurrencia o ausencia de algún factor adicional para afirmar que dicho comportamiento es

Circunstancia mixta

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Código Penal, la circunstancia mixta de parentesco puede atenuar o agravar la responsabilidad, según la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, cuando el sujeto pasivo del delito es: . Cónyuge o ex-cónyuge del delincuente, o persona que esté o haya estado ligado a

Circunstancias agravantes ordinarias

El artículo 22 del Código Penal recoge el catálogo de circunstancias modificativas genéricas que agravan la responsabilidad del sujeto. – Alevosía (art. 22.1 del Código Penal) Consiste en emplear para la ejecución del delito medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, dejando a la víctima sin posibilidad de defensa. Esta agravante

Circunstancias atenuantes: eximentes incompletas; atenuantes ordinarias y atenuación por analogía

– Eximentes incompletas El artículo 21.1 del Código Penal establece efectos atenuatorios (art. 68 del Código Penal: pena inferior en uno o dos grados) para las causas de justificación y exculpación previstas en el artículo anterior cuando no concurran todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad. – Atenuantes ordinarias Se recogen en los apartados

Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal

Las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal (reguladas en los artículos 21 a 23 del Código Penal) son situaciones o elementos, adicionales a los requeridos para afirmar la concurrencia de delito, cuya concurrencia tiene relevancia a la hora de establecer la pena a imponer al responsable del mismo. – Fundamento de las diferentes circunstancias modificativas

La objeción de conciencia

El miedo insuperable es la única causa de no exigibilidad que regula nuestro Código Penal. Sin embargo, a raíz de determinados casos (en los que el sujeto comete el delito por «razones morales») un sector de la doctrina se ha planteado la posibilidad de estimar la objeción de conciencia como causa de exculpación por inexigibilidad.

Miedo insuperable en Derecho penal

Las leyes penales suelen eximir o atenuar la culpabilidad del sujeto en algunos supuestos en que al sujeto, que cometió el hecho típico y antijurídico con conciencia de su carácter antijurídico, no se le podía exigir que actuara de otro modo. En estos casos, el autor ha recibido la motivación de la norma, pero en

Error de prohibición

La conciencia o conocimiento de la antijuricidad del hecho (o de su significación antijurídica, de su ilicitud, etc.) constituye como se vio uno de los requisitos necesarios para poder atribuir y reprochar al autor la realización de la conducta típica y antijurídica.   – Los supuestos de error de prohibición (regulados en el artículo 14.3

Acciones liberae in causa

Se excluye la posibilidad de apreciar como causas de inimputabilidad tanto el trastorno mental transitorio como la intoxicación plena, si hubiesen sido provocados por el sujeto con el propósito de cometer el delito, o dicho sujeto hubiera previsto o debido prever su comisión. En estos casos se habla de una actio libera in causa (ALIC),

Minoría de edad

De acuerdo con el artículo 19 del Código Penal, los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código. No obstante, los menores de dicha edad pueden ser procesados conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LRRPM),

Alteraciones en la percepción

El artículo 20.3 del Código Penal declara exento de responsabilidad penal por inimputabilidad al que, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad. Esta eximente se refiere a aquellas personas que por tener alteradas sus facultades perceptivas, especialmente la vista y el

Intoxicación plena

El primer párrafo del artículo 20.2 del Código Penal establece que está exento de responsabilidad penal (por inimputabilidad) quien tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos. La intoxicación plena que puede dar

Anomalía o alteración psíquica

Las enfermedades mentales que impiden al sujeto comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión constituyen una causa de exclusión de la imputabilidad, conforme a lo previsto en el artículo 20.1 del Código Penal. En la actualidad, las clasificaciones de trastornos mentales más extendidas son las CIE-10 (elaborada por la Organización Mundial

Causas de exclusión de la imputabilidad

La imputabilidad consiste en la capacidad de un sujeto para ser normalmente motivado por la norma en el momento de realizar la acción. – Definición negativa de imputabilidad del Código Penal El Código Penal ofrece una definición en negativo de la imputabilidad, cuando establece las causas que la excluyen en el artículo 20: «Están exentos

Concepto, contenido y estructura de la culpabilidad

En la actualidad se sigue mayoritariamente el esquema finalista, si bien se entiende más adecuado con nuestro modelo de Estado atemperar en la culpabilidad la idea de reprochabilidad (anclada en una concepción retributiva de la pena) con la de motivabilidad (más acorde con la función preventivo-general que se le otorga a la norma penal). –

Evolución dogmática del elemento culpabilidad

En el esquema clásico de la teoría del delito de Von Listz y Beling, la culpabilidad se concibe como un nexo psicológico entre el sujeto y el resultado provocado. Del contenido de los dos elementos psicológicos adjudicados a la culpabilidad (voluntad y conocimiento) surgen en esta concepción las dos formas de culpabilidad: el dolo y

La culpabilidad

La culpabilidad constituye, al mismo tiempo, un elemento de la teoría del delito (el inmediatamente posterior a la antijuricidad) y un principio limitador del ius puniendi, que deriva de la concepción de España como Estado Democrático de la consagración de la dignidad como fundamento de nuestro modelo constitucional (artículo 10 de la Constitución Española). La

Cumplimiento de un deber y ejercicio de un Derecho, oficio o cargo

El cumplimiento de un deber y ejercicio de un derecho, oficio o cargo constituye una causa supra penal de justificación, en la medida en que para estimar o no su concurrencia hay que atender a lo dispuesto en otras ramas del ordenamiento jurídico (donde se regula el catálogo de derechos y deberes, así como lo

Estado de necesidad en Derecho penal

De acuerdo con el artículo 20.5 del Código Penal, actúa en estado de necesidad quien, para evitar un mal propio o ajeno, lesiona un bien jurídico de otra persona o infringe un deber, siempre que se den una serie de requisitos, que ahora veremos. – Requisitos del estado de necesidad en Derecho penal + Que

Legítima Defensa

El fundamento de la legítima defensa radica en esencia en la necesidad de hacer prevalecer el Derecho sobre actos ilícitos (típicos y antijurídicos) que atentan contra bienes jurídicos individuales (vida, salud, bienes, morada, etc.), propios o de terceros. – La doctrina y jurisprudencia frente a la posibilidad de legítima defensa ante ataques contra bienes jurídicos

Causas de justificación en nuestro ordenamiento penal

Las causas de justificación (o causas de exclusión de la antijuricidad) son normas permisivas que se componen, al igual que los tipos (que son normas imperativas), de elementos subjetivos y objetivos («valor de acción» y «valor de resultado»). Su concurrencia anula la prohibición o el mandato generales contenidos en el respectivo tipo, permitiendo en supuestos

Clases de imprudencia

Como se ha visto, la infracción de la pauta de cuidado exigible constituye el principal componente externo de la imprudencia, y a partir de su constatación debe ponderarse su gravedad para, en su caso, afirmar la existencia de un desvalor objetivo de acción (al que posteriormente habrá que imputar el necesario desvalor de resultado pleno,

Elementos del tipo de Injusto Imprudente

– Desvalor de acción: infracción típica del cuidado exigible El hecho de que en las descripciones típicas el sustantivo «imprudencia» vaya siempre acompañado por los adjetivos «grave» o «leve» pone de manifiesto la necesidad de establecer la entidad de la culpa con la ayuda de criterios objetivos para afirmar la existencia del desvalor de acción

Presupuestos del tipo de injusto imprudente

– Previsibilidad objetiva del resultado; supuestos de atipicidad La ausencia de previsibilidad objetiva tiene mucha más importancia en el delito imprudente que en el doloso porque, además de que en este caso el sujeto no toma conscientemente una decisión contraria al bien jurídico, el carácter imprevisible del resultado excluyo a priori la posibilidad de configurar

Elementos de la imprudencia

Según la concepción mayoritaria, el concepto normativo de imprudencia está constituido por tres elementos fundamentales que permiten calificar a un comportamiento como imprudente: la previsibilidad objetiva del resultado y la infracción de la diligencia o cuidado debido conformarían el desvalor de acción, mientras que la lesión o puesta en peligro típica, si es obviamente imputable

Concepto de imprudencia en Derecho penal

La doctrina mayoritaria describe el tipo de injusto del delito imprudente (imprudencia) como la infracción de las normas de cuidado o de la diligencia debida (en otras formulaciones, el incumplimiento del deber de cuidado derivado de aquellas normas) que produce un resultado típico objetivamente imputable. – La infracción de la norma de cuidado en el

Tipo de injusto del delito culposo

En el sistema capitalista la imprudencia (o culpa, pues son términos sinónimos) se concebía como una de las dos formas posibles de culpabilidad, mientras que la concepción finalista y las diversas escuelas que parten de sus presupuestos conciben la imprudencia como una modalidad típica de comportamiento: de ahí que se hable de tipo de injusto

Otros elementos subjetivos del tipo de injusto

A la hora de valorar la concurrencia de dolo, resultan indiferentes los móviles que lleven al sujeto a realizar la conducta típica (p. ej., en el tipo de injusto del homicidio doloso, basta con que el sujeto se haya decidido en contra de la vida de la víctima, siendo indiferente si ha tomado esa decisión

Error de tipo

El error de tipo es en Derecho penal el desconocimiento de la concurrencia de algún elemento objetivo del tipo (p. ej., el sujeto que dispara a una persona creyendo que lo hace a un animal actúa con error de tipo sobre el elemento “matare a otro” del homicidio). En estos casos, existe una divergencia entre

El dolo: concepto, elementos y clases

El tipo subjetivo en los delitos dolosos está conformado por el dolo, entendido como conocimiento y voluntad de realizar el tipo objetivo de un delito (dolus naturalis). Son por tanto dos los elementos que integran el dolo, el elemento intelectual o cognoscitivo y el elemento volitivo.   – Elementos del dolo   + Elemento intelectual

Tipo de injusto del delito doloso

En el sistema causalista el dolo se concebía como una de las dos formas posibles de culpabilidad, el dolus malus, en el que se contendrían dos aspectos: a) el conocimiento y voluntad de realizar los elementos objetivos del tipo (conocimiento de los hechos) y b) la conciencia de su significación antijurídica (conocimiento del derecho). –

La comisión por omisión: La regla del artículo 11 del Código Penal

Los supuestos de comisión por omisión pueden venir expresamente tipificados como tales, y en estos supuestos se suele hacer referencia a ellos como delitos de omisión impropia (p. ej., el art. 176 CP), pero también pueden ser deducibles de las características del tipo correspondiente, en aquellos casos en que éste permita la producción del resultado

La omisión pura

Los supuestos de omisión pura vienen expresamente descritos en determinados tipos penales (como el artículo 195 del Código Penal) y sólo en esos casos se les puede otorgar relevancia penal (sistema de numerus clausus), siempre que se constate la presencia de los siguientes elementos: • Ausencia de una acción debida, que es esperada por el

Imputación objetiva

La teoría de la imputación objetiva pretende establecer en el plano objetivo los criterios de determinación que permiten afirmar que un concreto resultado se le puede atribuir (imputar) jurídicamente a la conducta de un sujeto. – Teoría de la imputación objetiva: determinación de la imputabilidad objetiva del desvalor de resultado al comportamiento activo u omisivo

Relación de causalidad y delitos de resultado

Desde el punto de vista de la causalidad, los delitos de resultado material pueden ser producidos por cursos causales simples (p. ej., A mata a B de un disparo en la cabeza) o por cursos causales complejos, en los que aparecen diversos factores involucrados en la producción del resultado. Estos últimos cursos causales son los

Delitos de resultado

Los tipos pueden ser clasificados en delitos de mera actividad y delitos de resultado material. En estos últimos, el tipo requiere para su consumación la producción de un resultado material, separable espacio‐temporalmente de la acción, que ha de ser causado por ésta. Es en estos supuestos, por tanto, donde debe comprobarse la existencia de una

Especial consideración a los delitos de peligro

Ya hemos visto que, en función del grado de afectación al bien jurídico protegido, los delitos pueden clasificarse en delitos de lesión (la consumación del tipo requiere la destrucción o menoscabo del bien jurídico protegido) y delitos de peligro (la consumación del tipo sólo requiere la creación de un riesgo -proximidad de un daño, probabilidad

Desvalor de acción y desvalor de resultado

El contenido material de la antijuricidad no se agota, sin embargo, en la lesión o puesta en peligro de un bien jurídico. No toda lesión o puesta en peligro de un bien jurídico (desvalor de resultado) es antijurídica, sino solo aquélla que se deriva de una acción (u omisión) desaprobada por el ordenamiento jurídico (desvalor

El bien jurídico-penal

En la Introducción al Derecho Penal ya fue objeto de estudio dos de los principales límites al ius puniendi que hacen referencia al concepto de bien jurídico: el principio de exclusiva protección de bienes jurídicos, en cuya virtud la intervención punitiva del Estado sólo está legitimada cuando se usa para salvaguardar condiciones de vida esenciales

Concepto de antijuricidad formal y material

Una vez comprobado que el caso de la realidad es subsumible en el tipo de delito previsto en la norma penal (esto es, que la conducta realizada es típica), el siguiente paso a dar para dilucidar si se ha cometido un delito es la determinación de la antijuricidad, esto es, la constatación de que el

Clasificación de los delitos por sus elementos típicos

Existen multitud de clasificaciones de los diferentes delitos en función de sus elementos. Las más importantes las veremos a continuación. – Delitos en función de que el tipo requiera o no la producción de un resultado material, separable espacio-temporalmente de la conducta En función de que el tipo requiera o no la producción de un

Estructura y elementos de los tipos penales

Las conductas típicas que se hallan descritas en los tipos están compuestas de una serie de elementos que pueden aparecer de forma expresa en la redacción legal, o bien deducirse tácitamente de su contenido. Dichos elementos, a su vez, pueden clasificarse en elementos objetivos (externos, observables directamente) y elementos subjetivos (internos a la mente del

Especial consideración del consentimiento del titular

El consentimiento del titular del bien jurídico afectado por la conducta típica puede excluir la tipicidad del comportamiento de aquellos supuestos en que el bien jurídico sea disponible, por estar constituido por la propia libertad del sujeto o porque dicho bien jurídico sólo resulta tutelado si así lo quiere su titular. Así por ejemplo, la

Tipicidad y antijuricidad

Vamos a ver en esta entrada en qué consiste la tipicidad y la antijuricidad en Derecho penal. – Antijuricidad La antijuricidad es la contrariedad a Derecho, categoría de la teoría del delito que suele denominarse también «injusto penal» o simplemente «injusto». Los tipos penales describen un «tipo de injusto» o «injusto típico» (modelo), pues por

Tipicidad – Acción

Algunos penalistas prescinden del estudio de la acción como una categoría independiente de la tipicidad, por entender que el único concrepto de acción que interesa al Derecho penal es el jurídico o normativo, y que éste ha de extraerse de la tipicidad. Desde esta perspectiva, se entiende que no tiene sentido hablar simplemente de «acción»,

Función de los tipos penales

Vamos a ver en esta entrada las diferentes funciones de los tipos penales. – Tipicidad y legalidad Los tipos penales son traducción inmediata del principio nullum crimen sine praevia lege, y desde una perspectiva formal cumplen una función esencial de garantía, en la medida en que deben ser aprobados por ley orgánica. Asimismo, y desde

Concepto de tipicidad en Derecho penal

Cuando el Estado considera que una determinada conducta pone en riesgo o efectivamente lesiona valores o intereses, individuales o sociales, esenciales para la convivencia pacífica (esto es, bienes jurídicas), trata de evitarla describiendo dicha conducta en un precepto legal y amenazando (o motivando) con una pena a aquéllos que la cometan. A la descripción legal

Ausencia de acción en Derecho penal

No todas las acciones de un individuo son «conductas humanas» a efectos penales, pues para ello es necesario que sea «final» (en el sentido de estar dirigida por la voluntad del individuo), además de tener una trascendencia externa. Estos supuestos de ausencia de acción ha de valorarse con carácter previo al análisis de la tipicidad,

Responsabilidad penal de las personas jurídicas

Desde la reforma penal de 2010, ya no está vigente en nuestro ordenamiento jurídico-penal el principio societas deliquere non potest, lo que significa que actualmente una persona jurídica puede ser procesada y declarada penalmente responsable en determinados supuestos, previstos expresamente en el Código Penal. – Artículo 31 bis del Código Penal, sobre la responsabilidad penal

Sujetos y objeto de la acción en Derecho penal

Todo delito requiere el comportamiento de un ser humano, por lo que el sujeto de la acción (u omisión) penalmente relevante, esto es, el sujeto activo del delito, sólo podrá serlo una persona o un grupo de personas individualizables; la víctima, esto es, el sujeto pasivo del delito (titular del bien jurídico afectado), podrá a

Evolución dogmática del concepto de acción

El concepto de acción ha experimentado una evolución en buena parte paralela a la experimentada por la propia teoría del delito. – La concepción causal de la acción surgió a finales del siglo XIX y fue la posición predominante en la doctrina hasta bien entrado el siglo XX Este concepto causal-naturalista constituyó el pilar fundamental

El delito como acción

Nuestro sistema punitivo se basa en un Derecho penal de hecho, lo que significa que el primer requisito para afirmar la existencia de un delito es que concurra un comportamiento humano (nulla iniuria sine actione). – Sólo lo que se exterioriza puede conllevar una lesión o puesta en peligro de un bien jurídico: Derecho penal

Clasificación de las infracciones criminales

El artículo 13 del Código Penal ofrece una clasificación formal de las infracciones penales, basada exclusivamente en la gravedad de las penas a imponer (que viene a su vez establecida en el artículo 33 del Código Penal). – Delitos graves, delitos menos graves y faltas en Derecho penal + Delitos graves Son delitos graves las

Concepto y elementos de la Infracción Criminal

Como se dijo, la teoría del delito debe elaborarse a partir de lo establecido en los preceptos penales, pues de otro modo carecería de coherencia con nuestro ordenamiento. – Artículo 10 del Código Penal: definición formal de delito El punto de partida en este sentido nos lo ofrece el artículo 10 del Código Penal, que

Método general de la Teoría del Delito

La teoría del delito emplea el método dogmático, consistente en identificar y sistematizar, a partir de los preceptos generales que establecen las bases fundamentales  del Derecho Penal en un ordenamiento determinado, los elementos que son necesarios para afirmar la existencia de un hecho delictivo y determinar su relativa gravedad. De este modo, la teoría del

Algunos delitos y faltas

El libro II del Código penal, titulado «Delitos y sus penas», enumera los distintos tipos de delitos, agrupados en un total de veinticuatro títulos. Veamos a continuación algunos de los principales tipos de delitos. – Delitos contra las personas Los cinco primeros títulos recogen los delitos contra las personas, entre los que destaca el homicidio

Diferencias entre delito y falta

El conjunto de los delitos se agrupan en dos categorías jurídicas fundamentales: los delitos y las faltas. – ¿Qué diferencia el delito de la falta? La diferencia entre estas categorías reside en que los delitos son castigados con penas de reclusión o con multas mientras que las faltas son sancionadas con penas de arresto y,

La coautoría en la comisión de un delito

Un delito puede haber sido cometido por una sola persona o bien por varias: en el primer caso se hablará en Derecho penal de autoría y en el segundo de coautoría. – Coautores y autores de un delito Son coautores los que realizan conjuntamente y de mutuo acuerdo el hecho delictivo. El Código penal establece

La tentativa de delito

Un delito en grado de tentativa es aquel que no ha sido realizado por completo. Un ejemplo típico de este grado imperfecto de realización es el del que dispara un tiro con un arma de fuego sin conseguir alcanzar a la víctima. En este caso, es evidente que el sujeto ha realizado la acción destinada

El estado de necesidad

La segunda causa de justificación prevista por el Código penal (ya vimos la primera, la legítima defensa) es el estado de necesidad que, según expresión legal se define como «el del que para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber». – La proporcionalidad en el

La legítima defensa

La legítima defensa es una de las principales causas de justificación en Derecho Penal. Escena de la película «Legítima defensa», basada en la novela de John Grisham, del mismo nombre (en un momento dado de la película podríamos apreciar un supuesto de legítima defensa). – Condiciones para con la legítima defensa El Código penal establece

La relación de causalidad

La conducta ilícita está integrada por dos elementos: el subjetivo y el objetivo. El delito, sin embargo, no se puede reconducir siempre a estos dos únicos elementos. En muchos años, es preciso que exista un elemento suplementario para completar la conducta ilícita: la denominada relación de causalidad que debe verificarse entre la conducta delictiva y

Aspecto objetivo de la conducta o elemento objetivo del delito

El aspecto objetivo de la conducta, denominado también elemento objetivo del delito, designa su apariencia externa o material. El elemento objetivo del delito puede consistir tanto en una auténtica acción, es decir, en un comportamiento concreto realizado por el sujeto (el acto de estrangular a la víctima, la sustracción de un bien o la realización

La responsabilidad objetiva

En teoría, si falta el elemento subjetivo del dolo o de la culpa, el delito no se perfecciona. Sin embargo, en algunos supuestos excepcionales, la ley prescinde de la concurrencia de dolo o de culpa para decretar la comisión de un delito imputable a un sujeto. – ¿En qué consiste la responsabilidad objetiva? Estos casos

La legislación penal

Las normas penales están incluidas en el Código penal: una recopilación orgánica y racional de las más importantes y comunes normas penales reunidas en un solo texto legislativo. Otras leyes forman la denominada legislación penal especial y están destinadas a regular materias específicas, como por ejemplo, la Ley de Represión del Contrabando. Todas ellas, junto

Funciones y fines del Derecho Penal

El logro de la pacífica convivencia de cualquier grupo humano implica el establecimiento de un orden social, esto es, del conjunto de reglas y pautas de conducta que rigen la convivencia. El mantenimiento de ese orden social precisa, a su vez, de una serie de mecanismos dirigidos a promover y garantizar que el comportamiento de

Derecho y usos sociales

Los usos sociales son un conjunto de prácticas, pautas y reglas de comportamiento generalmente admitidas en una sociedad o en algunos de sus sectores y que afectan a numerosísimos aspectos de nuestra vida. El conjunto de prácticas, pautas y reglas de comportamiento en una sociedad constituyen los usos sociales. – Usos sociales normativos o no

Derecho y moral

El problema de las relaciones entre Derecho y moral estriba en la búsqueda de los elementos necesarios para distinguir el Derecho de la moral, para no confundir ambos conceptos, para establecer entre ellos una diferenciación clara, pero sin escindirlos, sin separar radicalmente el Derecho de la moral. En consonancia con ello examinaremos en primer lugar

Derecho y sociedad

El Derecho constituye un factor o un aspecto más de la vida social. Esto quiere decir que el Derecho no es sólo un conjunto de normas que como tal es una especie de isla en una sociedad determinada. El Derecho se produce en cada sociedad concreta por los grupos y fuerzas que de manera desigual

Derecho penal y control social

Cualquier persona suele tener una idea previa de lo jurídico: sabemos de la existencia de tribunales, leyes, contratos, multas, etc. También si preguntamos al hombre de la calle lo que entiende por Derecho con frecuencia lo identificará con las nociones de ley, orden y le aplicará las notas de obligatoriedad y coactividad. De esta manera,

Sistema vicarial

El origen del sistema vicarial se encuentra en el Anteproyecto de Código Penal suizo de Stoos (1893) y supone la combinación de un sistema de doble respuesta penal. – ¿En qué consiste el sistema vicarial? El sistema vicarial constituye una técnica dirigida a evitar la acumulación de pena y medida por los mismos hechos en

Medidas de seguridad en Derecho penal

¿Qué son las medidas de seguridad? Vamos a ver en esta entrada en qué consisten las medidas de seguridad, concepto relevante en el estudio del Derecho penal. – Clases de Medidas de Seguridad + Medidas de seguridad privativas de libertad La regulación de las medidas de seguridad privativas de libertad se realiza en los artículos

Clasificación de las penas según su naturaleza y duración

En función de su naturaleza y duración, el artículo 33 lleva a cabo una clasificación de las penas.  – Clasificación de las penas según según su naturaleza y duración tras la ley orgánica 15/2003 PENAS GRAVES (delitos graves) MENOS GRAVES (delitos menos graves) LEVES (faltas) PRISIÓN (Art. 36) +5 años-20 años (art. 36,76, 78) 3

Tipos de penas en Derecho penal

En nuestro Derecho penal podemos encontrar diferentes clasificaciones de las penas. Aquí vamos a ver las penas en función del bien jurídico afectado; de su naturaleza y duración; del carácter con el cual se imponen; de su composición; del momento de determinación y por último las penas en función de quién las reciba.   –

Características de la pena

Vamos a ver en esta entrada las características más destacables de la pena. – La pena es personal La pena ha de ser impuesta al autor culpable (principio de culpabilidad). En la antigüedad, la pena se imponía a la familia, a la comunidad. No obstante, se reconocen los efectos negativos sobre terceros (la familia). Así

Concepto de Pena

La pena es la privación o restricción de bienes jurídicos, impuesta conforme a la ley por los órganos jurisdiccionales al culpable de una infracción penal.  – Privación o restricción de derechos consecuencia de la pena La pena es un mal para el que la sufre, se le priva de su libertad, su patrimonio, su honor.

Ius puniendi: límites materiales

– Derecho penal como manifestación de un Estado social + El Principio de necesidad de la intervención penal (principio de intervención mínima) La intervención del Estado sólo está justificada en la medida en que resulta necesaria para el mantenimiento de su organización política. El Derecho penal se legitima sólo en cuanto protege a la sociedad,

Principio de legalidad

Proclamado en el artículo 25 de la Constitución y en el artículo 1 del Código Penal. El principio de Estado de Derecho impone el postulado de un sometimiento de la potestad punitiva al Derecho, lo que dará lugar a los límites derivados del principio de legalidad. – Principio de legalidad: nullum crimen, nulla poena sine

Supuestos de extraterritorialidad. Principios

Si el principio de territorialidad es expresión de la soberanía del estado, los tratados internacionales pueden establecer algún criterio que permita extender la competencia fuera del territorio de un estado: esto significa que la ley española puede ser de aplicación a hechos acaecidos fuera de España y, que a hechos acaecidos dentro del territorio español

Principio de territorialidad en Derecho penal

Las leyes penales españolas se aplican a hechos sucedidos en el territorio español (artículos 8.1 del Código Civil y 23.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). – ¿Qué se considera territorio español? Territorio español se considera: + El Espacio terrestre peninsular e insular (incluidas las aguas interiores). + Las ciudades y territorios norteafricanos. +

Tiempo de comisión del delito

Las leyes penales rigen entre dos momentos: el de su entrada en vigor y el de su derogación. La entrada en vigor de las leyes penales se produce una vez que el rey las ha sancionado, promulgado, y mandado publicar (art. 91 CE), y se ha producido su completa publicación en el BOE (art. 2

Globalización y sistema penal

La globalización, y más concretamente la idea de un mercado global, es el eje sobre el que gira todo un nuevo orden social en el que la política mundial es un mero instrumento a favor de los poderes económicos. Es el propio orden social y económico, con su incapacidad para establecer los necesarios equilibrios políticos

El Funcionalismo

De entre las corrientes funcionalistas que surgen a partir de los años “sesenta” es de destacar, en cuanto supone una nueva manera de fundamentar el sistema penal, el modelo funcionalista de Derecho penal propuesto en Alemania por Jakobs. La aplicación de la teoría sistémico-funcionalista al Derecho penal ha afectado a los tres planos en los

El Derecho penal mínimo

Nacida durante los años sesenta y setenta en el contexto italiano, la teoría del garantismo penal trata de introducir, junto a las exigencias formales, nuevas exigencias materiales, que permitan conciliar el principio preventivo-general de protección de la sociedad mediante la disuasión de los delincuentes, con los principios de proporcionalidad y humanidad, por un lado, y

El Abolicionismo

Frente a la justificación de la necesidad del Derecho penal, hay que tener en cuenta aquellas otras posturas que están por la abolición del Derecho penal, las doctrinas abolicionistas. El abolicionismo va mucho más allá de la mera reforma del Derecho penal, preconizando la total desaparición del sistema penal, al considerar que no es posible

El Fuero Juzgo

Con la llegada de los visigodos a la península, se produce una fusión entre el Derecho germánico y el nativo hispano-romano, cuyo resultado fundamental queda plasmado en el Fuero Juzgo. Cronológicamente, y antes de pasar al estudio de este cuerpo legal, la línea marcada por la legislación penal visigoda viene estructurada a tenor de las

Derecho Penal Romano

Por lo que al Derecho romano respecta, con su característico sentido pragmático, ya desde sus inicios se ocupó en profundidad y con un marcado carácter proteccionista de los recursos materiales, a tenor de la importancia de los mismos para la propia subsistencia de la población y, sobre todo, de la metrópolis. – Aplicación del Derecho

El Derecho Penal de los primitivos pueblos peninsulares

Según informa Estrabón, ya los turdetanos (comúnmente conocidos como iberos) que poblaban la antigua Iberia tenían leyes escritas en verso, de las cuales no se conserva resto arqueológico alguno, y que en caso de haber existido, suponemos que incluirían también disposiciones de carácter penal. En cuanto a los celtas, su ley llegaba incluso a castigar

Positivismo jurídico

La recepción de este positivismo se realiza en Alemania, El objeto de la investigación será el Derecho positivo (las normas jurídicas vigentes). Su figura principal es Binding. El análisis del jurista se realiza sobre el Derecho positivo. Los principios generales no son a priori sino que son deducidos de los textos legales. Cualquier problema que

Positivismo Criminológico

La importancia del desarrollo alcanzado en el siglo XIX por las ciencias de la naturaleza produce un ambiente científico. El carácter de Ciencia lo tenían las de la naturaleza y las matemáticas (sólo ellas utilizaban el método empírico, propio del concepto positivista de ciencia). Von Kirschmann niega el carácter científico de los estudios jurídicos: por

La Escuela Clásica

Se elabora una ciencia acorde con el liberalismo de esta primera época. Se da un protagonismo italiano en un primer momento favorecido por la situación política y legislativa italiana. La doctrina italiana se mantiene alejada del ordenamiento positivo y prepara un futuro Código penal (Código penal italiano de 1889). A esto se llega por la

Beccaría y la ilustración jurídica

La obra fundamental en el aspecto jurídico de la ilustración fue “De los delitos y la penas” de Beccaría (1764). Fundamenta las objeciones que el pensamiento ilustrado formulaba a la legislación del Antiguo Régimen. La naturaleza del Derecho penal cambia a raíz de la Ilustración. La legislación penal de la época que hunde sus raíces

El concurso aparente de leyes (concurso de normas)

Se da cuando de un mismo supuesto de hecho, constitutivo de una sola infracción, se ocupan dos o más preceptos y, aparentemente, ambos le son aplicables, aunque sólo uno lo es. Para saber cual es el precepto cuya aplicación desplaza la de los otros, están previstas la siguientes reglas del artículo 8 CP: Especialidad: artículo

Leyes penales en blanco

Las leyes penales en blanco son aquellas que contienen la consecuencia pero no todo el presupuesto, que ha de completarse por medio de otras normas penales o extrapenales. Ej: artículos 325, 332, 333, etc. Se justifican porque evita la redacción de artículos muy extensos, y además quedarían obsoletos cuando el hecho descrito versara sobre materias

Norma penal

Concepto de norma penal Las normas penales están alojadas en leyes formuladas de forma muy genérica, “el que matare a otro”, “el que atentare contra la libertad sexual de otra persona”, pensadas para una generalidad de casos. Para poder aplicarlas a casos concretos resulta imprescindible interpretar los textos legales que las contienen, esto es, descubrir

Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (también denominado Tribunal de Estrasburgo y Corte Europea de Derechos Humanos) es la máxima autoridad judicial para la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales en toda Europa. Se trata de un tribunal internacional ante el que cualquier persona que considere haber sido víctima de una violación de

Derecho Comunitario

Derechos aplicables del Derecho Comunitario a) Primacía: El Derecho emanado de las instituciones comunitarias en ejercicio de su poder normativo prevalece sobre el Derecho nacional. Este carácter de supremacía se fundamenta en la cesión de soberanía que los Estados miembro realizan en favor de las instituciones europeas. b) Aplicabilidad directa: El Derecho comunitario se integra en los

Instituciones Unión Europea

1. El Parlamento Europeo (PE) es el parlamento de la Unión Europea. 2. El Consejo Europeo es un organismo político de carácter predominantemente intergubernamental, conformado por los jefes de Estado o de gobierno de los estados miembros. 3. El Consejo o Consejo de la Unión Europea (CUE), en ocasiones llamado también Consejo de Ministros, representa

Cronología de la Unión Europea

La cronología de la historia de la Unión Europea discurre de la siguiente forma: En 1957 Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Bélgica y Luxemburgo (conocidos como “los seis”) firman de los Tratados de Roma. Son tres las comunidades: CECA, EURATOM y CEE. En 1965 se firma un tratado que fusiona los ejecutivos de las tres

La Unión Europea

La Unión Europea (UE) es una comunidad política de Derecho nacida para propiciar y acoger la integración de los pueblos y de los Estados de Europa. Está compuesta por veintisiete Estados europeos. Si en un principio la supraestructura «Unión Europea» aunaba y se fundaba sobre las tres Comunidades Europeas preexistentes (CECA, EURATOM y CEE/CE) bajo

Corte Penal Internacional

No puede decirse que exista una justicia penal internacional. Lo que se ha hecho ha sido dar respuesta internacional penal a determinados crímenes contra la Humanidad, en el seno de las Naciones Unidas. El origen más directo de la Corte Penal Internacional se encuentra en los Juicios de Nuremberg y en los Juicios de Tokio.

Derecho penal y Derecho internacional

El art. 96.1 CE dispone: “Los tratados internacionales válidamente celebrados una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del derecho internacional”. Fuente del DI son los tratados internacionales

Bien jurídico

La teoría del bien jurídico se origina con la obra de Birnbaum en las primeras décadas del siglo XIX. El origen del bien jurídico esta por tanto, en la pretensión de elaborar un concepto de delito previo al que forme el legislador, que condicione sus decisiones, pretensión característica de una concepción liberal del Estado, que

Derecho Penal Constitucional

Según algunos autores, tanto los principios generales de la Constitución como algunos preceptos de ésta, configuran lo que ellos denominan un «Derecho penal constitucional». – Principios propios de la Constitución con relevancia penal Los principios consagrados por la Constitución y con relevancia penal serían los valores superiores de libertad, igualdad, pluralismo y justicia consagrados en

¿Qué es la pena?

También a la hora de indagar sobre el concepto de pena se plantea la dificultad de un concepto formal.  – ¿En qué consiste la pena? Pena es el mal que impone el legislador por la comisión de un delito. Con esta definición no se dice nada sobre cuál es la naturaleza de ese mal o

El delito

La primera dificultad con que se tropieza, al intentar dar un concepto de delito, es la imposibilidad de concebirlo al margen del Derecho penal positivo. – ¿En qué consiste un delito? En efecto, delito es toda conducta que el legislador sanciona con una pena. Todo intento de definir el delito al margen del Derecho penal

Delitos consistentes en la infracción de un deber

Dentro de la categoría de las normas penales en blanco, deben tratarse los delitos consistentes en la infracción de un deber. – Roxin y los delitos que consisten en la infracción de un deber Ha sido Roxin quien ha llamado por primera vez la atención sobre esta forma de tipificar conductas penalmente, usada por el

Concepto y fundamento de las normas penales en blanco

Entiendo por «norma penal en blanco», aquella cuyo supuesto de hecho viene consignado en una norma de carácter no penal. – Definición de norma penal en blanco: demasiado estricta o amplia Comparada con las otras definiciones de norma penal en blanco que se dan en la doctrina, la definición aquí propuesta puede considerarse demasiado estricta

Normas de remisión

Entre las normas penales incompletas debe incluirse otro procedimiento legislativo, usado a veces en el Código Penal, en el que, para establecer la pena correspondiente a un determinado supuesto de hecho, el legislador se remite a la pena fijada para un supuesto de hecho distinto, son las denominadas normas de remisión. – Ejemplo de norma

Norma penal incompleta

Se denominan normas penales incompletas o dependientes a aquellos preceptos que completan o aclaran el supuesto de hecho o la consecuencia jurídica descrita en otro lugar. Ejemplo de este tipo de normas son las causas de exclusión de la responsabilidad criminal recogidas en el artículo 8 o el artículo 30 que se refieren a la

Estructura de la norma jurídica penal

Como toda norma jurídica la norma penal consta de un supuesto de hecho y de una consecuencia jurídica. La diferencia entre la norma penal y las demás normas jurídicas radica en que, en la norma penal, el supuesto de hecho lo constituye un delito y la consecuencia jurídica es una pena o una medida de