La tentativa de delito
En este caso, es evidente que el sujeto ha realizado la acción destinada a matar con voluntad de matar. Sin embargo, por la coincidencia de un hecho fortuito, el tiro no ha dado en el blanco. El resultado moral del delito de homicidio (os dejamos sendas entradas sobre el tipo objetivo y subjetivo de este delito) no se ha llegado a producir: no obstante, el sujeto en cuestión deberá responder por delito de homicidio en grado de tentativa.
– Condición para entender el delito configurado en grado de tentativa
La condición para poder configurar el delito en grado de tentativa, desde el punto de vista objetivo, es que el autor haya realizado una acción dirigida de forma inequívoca a cometer el delito y, tal y como establece el Código penal «éste no se produce por causas independientes de la voluntad de su autor».
Desde el punto de vista subjetivo, es preciso pues que el autor tenga voluntad de consumar su delito.
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