La teoría del delito y niveles de imputación

La teoría jurídica del delito es un instrumento conceptual que permite determinar jurídica y racionalmente si a un determinado hecho se le puede dar determinación de delito y si merece una determinada pena.

La teoría del delito estudia los elementos que integran el concepto general del delito y que son comunes a todas las figuras delictivas. Se trata de una elaboración de la dogmática que tiene su base en el derecho positivo, en el Derecho Penal vigente y que ha ido evolucionando a lo largo de la historia y que, en definitiva, permite una aplicación racional de la ley a través de un sistema de conceptos.

Se trata de un método analítico de carácter secuencia, es decir, que separa los distintos problemas que plantea la aplicación de la ley penal en niveles de imputación para ofrecer un tratamiento jurídico apropiado y diferenciado a cada problema, de tal modo que la solución de un problema es presupuesto lógico del siguiente y este, a su vez, del tercero, por lo que operan a modo de filtros del nivel superior. Gráficamente tienen forma de piramidal. El peso de la imputación penal se va cerrando a medida que vamos subiendo de un nivel a otro y de ello se derivan distintas consecuencias jurídicas, por lo que es importante tratar en cada categoría los problemas que son propios de ese nivel de imputación.

El delito lo podemos definir como un hecho ilícito realizado por un autor culpable:

− ¿Hay o no hay delito?

a) Hecho ilícito:

1) Encaja en tipo penal (tipicidad). La tipicidad tiene un aspecto objetivo que consiste en comprobar si un hecho coincide con la descripción de un delito, de un tipo penal. Se puede dividir en un aspecto objetivo y otro subjetivo.

2) Es antijurídico (antijuricidad). Nos planteamos las causas de justificación. Por regla general no está permitido violar una norma penal, salvo en la casos de las causas de justificación.

b) Autor culpable. Una vez comprobado el hecho ilícito nos preguntamos por la culpabilidad. Va referido a la persona del autor. Aquel que conociendo el derecho actúa en contra del derecho, es culpable. Hay que preguntarse si el sujeto conocía la norma y si tiene capacidad de culpabilidad. El tercer elemento de la culpabilidad, y en relación con la responsabilidad es el estado de necesidad y el miedo insuperable. Cuando se dan estos 3 elementos, hay delito, que es el elemento básico para la imposición de la pena, aunque no el único.

− Punibilidad. Hay veces en los que a pesar de cometerse un delito, se reconoce que no se debe castigar porque no hay necesidad de pena o se establece una exigencia extra de punibilidad.. Están los requisitos de procedibilidad, que inician el proceso, y las excusas absolutorias. Si el agraviado o representante legal no denuncia, no se puede perseguir un hecho, artículo 621.6 CP.

− ¿Cómo aparece el delito? Formas de aparición. Se dan 4 cuestiones:

a) Grado de ejecución del delito. Iter criminis. Si el delito es consumado o se ha quedado en tentativa.

b) Autoría y participación. Quien interviene en el hecho y como responde penalmente cada persona.

c) Circunstancia modificativas de responsabilidad criminal. Hay elementos accidentales que afectan a la gravedad del delito (agravantes o atenuantes) y a su pena.

d) Concurso de delitos. Si hay un solo delito o varios.

− Consecuencias jurídicas por la comisión de un delito. Están las penas y las medidas de seguridad.

– Introducción a la teoría del delito

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Método general de la teoría del delito

Evolución sistemática de la teoría del delito

Concepto y elementos de la infracción criminal

Clasificación de las infracciones criminales

– La acción

El delito como acción

Evolución dogmática del concepto de acción

Sujetos y objeto de la acción

Responsabilidad de las personas jurídicas

Ausencia de acción

– La tipicidad

Concepto de tipicidad

Función de los tipos penales

Tipicidad – acción

Tipicidad – antijuricidad

Especial consideración del consentimiento del titular

Estructura y elementos de los tipos penales

Clasificación de los delitos por sus elementos típicos

– La antijuricidad

Concepto de antijuricidad formal y material

El bien jurídico

Desvalor de acción y desvalor de resultado

Especial consideración a los delitos de peligro

– Delitos de resultado

Delitos de resultado

Relación de causalidad

Imputación objetiva

– Delitos de omisión

La omisión pura

La comisión por omisión: la regla del artículo 11 CP

– Tipo de injusto del delito doloso

Tipo de injusto del delito doloso

El dolo: concepto, elementos y clases

Error de tipo

Otros elementos subjetivos del tipo de injusto

– Tipo de injusto del delito culposo

Tipo de injusto del delito culposo

Concepto de imprudencia

Elementos de la imprudencia

Presupuestos del tipo de injusto imprudente

Elementos del tipo de injusto imprudente

Clases de imprudencia

– Causas de justificación

Causas de justificación

Legítima defensa

Estado de necesidad

Cumplimiento de un deber y ejercicio de un derecho, oficio o cargo

– La culpabilidad

La culpabilidad

Evolución dogmática del elemento culpabilidad

Concepto, contenido y estructura de la culpabilidad

– Imputabilidad

Causas de exclusión de la imputabilidad

Anomalía o alteración psíquica

Intoxicación plena

Alteraciones en la percepción

Minoría de edad

Acciones liberae in causa

– Conciencia de antijuricidad

Error de prohibición

Miedo insuperable

La objeción de conciencia

– Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Circunstancias atenuantes: eximentes incompletas; atenuantes ordinarias y atenuación por analogía

Circunstancias agravantes ordinarias

Circunstancia mixta

– Punibilidad

Punibilidad

– Iter criminis

Iter criminis

Actos preparatorios punibles

Tentativa

Consumación

– Autoría y participación

Autoría y participación

Concepto de autor

Clases de autoría

Complicidad, inducción y cooperación necesaria

– Unidad y pluralidad de infracciones

Delito permanente, habitual y complejo

Concurso de delitos: Concurso real e ideal

Delito continuado y delito masa

Javier Garcia de Tiedra Gonzalez
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