La teoría del delito es la concreción más significativa de la dogmática penal y consiste en la sistematización de los diversos elementos que permiten determinar la responsabilidad penal de quien lesiona o pone en peligro un bien jurídico mediante la creación de un riesgo desaprobado.
La persona que atenta contra un valor trascendente del Ordenamiento jurídico solo es responsable penalmente cuando se le puede imputar objetiva, subjetiva e individualmente su acción, esto es, cuando pueda demostrarse que su comportamiento es típico, antijurídico y culpable.
En este orden de cosas, la necesidad de la elaboración de una teoría jurídica del delito obedece a la exigencia de un mínimo de seguridad jurídica.
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