Funciones de autotutela y heterotutela

El Estado no solo ejerce su poder de sanción a través del Derecho Penal, sino que también lo hace a través del Derecho Administrativo como indica el 97 CE. Este poder se manifiesta a través de 2 ámbitos:

− Autotutela. La Administración puede imponer sanciones para proteger sus intereses. Ejemplo, puede imponer una medida disciplinaria a un funcionario.

− Heterotutela. La Administración impone sanciones para proteger el orden y los intereses generales. Ejemplo, está prohibido aparcar en doble fila.

Esta potestad para sancionar la lleva a cabo de diversas formas:

− La Administración puede prohibir determinadas conductas y establece sanciones. Cualquier Administración puede establecer ilícitos administrativos e imponer sanciones.

− Los ilícitos administrativos son establecidos por leyes emanadas de las Cortes. Se faculta a determinados órganos de la Administración para imponer sanciones. Esta forma es la mayoritaria.

Autotutela vs heterotutela

a) En efecto, la Administración dispone de una potestad sancionadora (posibilidad de imponer sanciones a través de órganos administrativos, distintos a los del Poder Judicial) que se manifiesta en dos ámbitos diferentes: el de la autotutela y el de la heterotutela.

• En el ámbito de la autotutela se admite por regla general que la Administración, para preservar su propio orden interno, pueda imponer sanciones disciplinarias a las personas que le prestan servicios, de policía demanial, de rescisión de actos administrativos favorables y sanciones tributarias.

• En el ámbito de la heterotutela se admite también que la Administración pueda imponer sanciones para la protección del orden y los intereses generales, alcanzando así fines sociales generales que se consideran útiles.

b) La potestad sancionadora de la Administración-tanto en el ámbito de la autotutela como en el de la heterotutela- se rige por el principio de legalidad (art. 25 CE) de tal forma que tanto las infracciones administrativas como las sanciones administrativas tienen que ser aprobadas por una Ley o por una norma con rango de Ley (Decreto Ley, Decreto Legislativo o Leyes Autonómicas).

Javier Garcia de Tiedra Gonzalez
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