El juez de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Valladolid ha determinado que Jaume Matas debe volver a ser clasificado en segundo grado, en lugar del tercer grado que le había sido concedido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
LA SENTENCIA QUE CONDENÓ A JAUME MATAS
El 27 de julio de 2014 ingresó en la cárcel de Segovia Jaume Matas, quien fue dos veces presidente de Baleares y también Ministro de Medio Ambiente del Gobierno de Aznar. Fue condenado a nueve meses de prisión por un delito de tráfico de influencias por los contratos ilegales a su redactor de discursos Antonio Alemany (experiodista de El Mundo), condenado también a dos años y tres meses de prisión. La sentencia que condenó a ambos corresponde a una de las más de veinte piezas del caso Palma Arena. Si bien la Audiencia de Palma le condenó a seis años de prisión, el Tribunal Supremo lo rebajó a nueve meses. La petición de indulto del exministro fue denegada por el Gobierno.
LA CONCESIÓN DEL TERCER GRADO A JAUME MATAS
Tres meses después de su entrada en prisión, Jaume Matas fue clasificado en tercer grado, que es un régimen de semilibertad en virtud del cual Matas no cumplía su condena en la cárcel de Segovia propiamente dicha sino en el Centro de Inserción Social dependiente de este Centro Penitenciario, además de poder salir de permiso los fines de semana. Esta concesión del régimen abierto fue adoptada por la Subdirección de Tratamiento y Gestión Penitenciaria, pese a que la Junta de Tratamiento de la prisión había decidido mantenerle en segundo grado por cinco votos frente a tres. Fue una resolución muy criticada, calificada de prematura y de “indulto encubierto”. La Fiscalía recurrió para que Matas volviera al segundo grado.
REVOCACIÓN DEL TERCER GRADO Y VUELTA AL SEGUNDO A JAUME MATAS
Este lunes 17 de noviembre de 2014, se hizo pública la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Valladolid por la que se revocaba la concesión del tercer grado a Matas, por entender que “no hay reeducación del interno y sin haberse alcanzado ese fin de la pena, no tiene sentido la clasificación en tercer grado”. El auto además destaca el efecto que produjo en la sociedad la concesión del tercer grado a Matas, “una sensación de impunidad de los condenados por casos de corrupción”, y por ello es necesario evitar “el riesgo de ruptura de la confianza de los ciudadanos en el Estado de Derecho”. Esta decisión del JVP es recurrible en reforma o apelación.
- Tipos de delitos - agosto 22, 2021
- Introducción al derecho penal - agosto 22, 2021
- El Mapa de la Criminalidad en España: comparativa de delitos e infracciones penales - febrero 4, 2021