La bigamia en el Derecho penal español: consideraciones
– La progresiva despenalización de ciertas conductas en el Derecho penal
Poco a poco, el Derecho Penal ha ido mitigado su intervención, viendo cómo se van trasegando los senderos de la despenalización de conductas delictivas tales como el adulterio. Hay criterios de tratadistas reconocidos que defienden la intervención del Derecho Penal siempre y cuando se estén vulnerando derechos subjetivos específicos. Puede incluso llegarse a pensar bajo tal criterio doctrinal de que puede llegar a existir una total despenalización ya que la legislación civil estaría protegiendo los derechos de aquellos terceros de buena fe.
– El estudio de la bigamia, más intenso en el Derecho civil y canónico que en el Derecho penal
Por otro lado, la doctrina penal no ha ahondado mucho en el estudio de la bigamia, mientras que los civilistas y canonistas si le han dedicado mayor tiempo a su estudio, por esta razón, es deseable y necesario, un estudio mucho más profundo y completo desde la perspectiva del Derecho Penal.
Ahora bien, basados en el principio de la unidad de todo el ordenamiento jurídico, llámese en este caso Derecho español, se deberían equiparar los requisitos tanto penales como civiles para de esta forma existiera la posibilidad de sancionar a quienes incurran en bigamia y se encuentren acreditados los supuestos, de acuerdo a la ley civil, del matrimonio válido.
– La jurisprudencia, sobre la bigamia
Finalmente, la jurisprudencia sobre el tema ha dejado al descubierto un proceder común en los casos de bigamia, y es cuando el cónyuge oculta la verdad en su respectivo expediente de matrimonio para poderse declarar soltero y evadir de esta forma los requisitos que la normatividad concreta exige.
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