El llamado concurso «aparente» de normas penales

Hay casos en los que hay problemas más importantes porque el sujeto lleva a cabo una sola acción que infringe varias normas penales con el mismo hecho. Este es el concurso aparente de normas. Se resuelve por la particularidad de que la aplicación de una norma excluye la aplicación de las demás. Si aplicamos varias

El principio non bis in idem

Prohibición del doble castigo. Consiste en que el mismo hecho realizado por una persona no puede ser objeto de doble sanción a un mismo sujeto si el fundamento es el mismo. Este principio no está reconocido de manera expresa en la CE, sino que se deriva del 25 Ce pero como exigencia del principio de

La retroactividad de la ley penal más favorable

La regla general tiene una excepción que es la retroactividad de la ley penal más favorable para el reo. En los casos en los que la ley posterior sea más favorable para el reo, se aplica esa ley aunque no estuviera en vigor en el momento de cometerse el hecho. Se deriva del artículo 25

La irretroactividad de las leyes penales

Viene establecida en el artículo 25 CE. Esta exigencia se traduce en la prohibición de aplicar la ley de forma retroactiva. La ley no puede ir atrás en el tiempo a hechos que no estaban prohibidos por ley. Para castigar a un sujeto es necesario que con anterioridad al hecho exista una ley que lo

El principio de legalidad y el valor de la jurisprudencia penal

La jurisprudencia es la doctrina que establecen jueces y tribunales al aplicar las leyes. En función del órgano del que órgano del que proceda se llamará jurisprudencia mayor o jurisprudencia menor. La jurisprudencia no es fuente del derecho en general, ni del derecho penal en particular, como dice el artículo 1.6 CP. No tiene carácter

Interpretación de la Ley penal

Es el proceso de determinación de una norma como paso previo para su aplicación. Es algo de alcance general, dirigido a todos los ciudadanos. La interpretación es obligada porque: − No se puede aplicar una ley penal sin conocer su significado. − Las leyes pueden tener distintos sentidos. − Los jueces no pueden negarse a

La prohibición de la analogía in malam partem y su alcance

Se traduce en la prohibición de la analogía en el Derecho Penal. Se prohíbe en el artículo 4.1 Código Penal. – ¿En qué consiste la analogía? La analogía consiste en aplicar una norma a casos que no se ajustan estrictamente a la norma pero que parece conveniente aplicarla para un caso similar al que hay

La exigencia de lex certa o mandato de determinación

Exige que la ley penal describa de forma clara y precisa las conductas que se prohíben y las sanciones previstas en caso de que se comenta la infracción. El mandato de certeza constituye el aspecto material del principio de legalidad, ya que tiene por finalidad que el ciudadano pueda conocer lo que puede o no

Consecuencias del principio de legalidad

a. La Exigencia De Lex Scripta O Reserva De Ley a’. La Ley Como Única Fuente Directa Del Derecho Penal El principio del hecho, el artículo 25 CE, se deduce que sólo pueden ser castigados como delitos aquellos comportamientos, acciones u omisiones que se exterioricen a través de los hechos. Por tanto podemos deducir: −

Significado, origen y garantías del principio de legalidad

El principio de legalidad es el principio más importante. Responde al aforismo latino de “nullum crimen, nulla poena sine lege”. No hay delito ni pena si no hay una ley que así lo establezca. En los modernos Estados de Derecho, como es el caso de España, es una exigencia básica e irrenunciable porque supone una

El principio de responsabilidad subjetiva

El principio de responsabilidad subjetiva se deriva del artículo 27 CE cuando se refiere a la seguridad del ciudadano. La seguridad jurídica es un derecho fundamental del ciudadano. No podemos gozar de seguridad jurídica si no se nos castigara únicamente por las consecuencias visibles de nuestros propios actos. De acuerdo con esto, la producción de

Orientación de las penas privativas de libertad a la resocialización del autor

A pesar de la crisis de la pena privativa de libertad y del ideal socializador, el 25.2 CE señala que las penas y medidas de seguridad estarán orientadas a la reeducación y reinserción social del delincuente. Se le asigna un contenido negativo al 25.2 CE en el sentido realista de que la orientación de la

La prohibición de las penas inhumanas y degradantes

El artículo 15 CE dice que nadie puede ser sometido a penas inhumanas y degradantes. Se pretende desterrar del sistema de sanciones penales aquellas penas que, por su forma o ejecución, sea crueles o denigrantes. Con el artículo 15 CE y la interpretación del TC, no hay problema para decir que son inhumanas y degradantes

La intervención mínima como principio rector de la política criminal

La intervención mínima se considera como un principio constitucional que debe regir la política criminal en un Estado democrático de Derecho. En base a este principio, la intervención del Derecho Penal debe reducirse al mínimo posible por 2 razones: − Por la función que debe cumplir el Derecho Penal. El Derecho Penal debe proteger las

Principio de exclusiva protección de bienes jurídicos

Los bienes fundamentales protegidos por el Derecho Penal son bienes jurídicos. Sirven para limitar el poder punitivo del Estado en la medida en que la intervención del Derecho Penal tiene que servir para proteger esos bienes jurídicos. La puesta en peligro o lesión de un bien jurídico constituye la esencia de cualquier delito. Solo se

El control de constitucionalidad de las leyes y resoluciones penales

Nos referimos a unos principios que afectan desde el momento en que se crea el derecho penal, que va desde la actuación del derecho penal hasta el término con la imposición de la pena privativa de libertad. A estos principios están sometidos los poderes del Estado. En este momento destacar que para profundizar en el

Funciones de autotutela y heterotutela

El Estado no solo ejerce su poder de sanción a través del Derecho Penal, sino que también lo hace a través del Derecho Administrativo como indica el 97 CE. Este poder se manifiesta a través de 2 ámbitos: − Autotutela. La Administración puede imponer sanciones para proteger sus intereses. Ejemplo, puede imponer una medida disciplinaria

Medidas de seguridad previstas en el Código penal

El fundamento de las medidas de seguridad está en el artículo 6.1 CP. Sería la peligrosidad del autor. A. Garantías Que Presiden Su Aplicación − Principio de legalidad, artículo 1.2 CP. − Principio de garantía penal, 2.1 CP. − Garantía jurisdiccional, 3.1 y 95.1 CP. − Garantía de ejecución, 3.2 CP B. Las Medidas De

Distinción entre penas y medidas de seguridad

Este sistema cuenta con la pena y las medidas de seguridad. La pena era retributiva y se basaba en la culpabilidad del autor. No estaba orientada a fines preventivos. La medida de seguridad se conceptuaba como una privación de derechos o bienes fundamentados en la peligrosidad del autor y tiene esencia preventiva orientada a la

Introducción a las medidas de seguridad

El control jurídico lo lleva a cabo el Estado a través de la pena. Pero no se cuenta solo con la pena, sino que hay otros mecanismos propios del Derecho Penal como las medidas de seguridad y otros mecanismos ajenos al Derecho Penal y que pertenecen al ámbito del Derecho Administrativo y que son las

Alternativas a la pena de prisión

Consideraciones críticas en torno a la desaparición de la pena de arresto de fin de semana Con la aprobación del CP de 1995, se introduce como novedad la pena de arresto de fin de semana dentro de las penas privativas de libertad. Era una privación discontinua de libertad. Tenía una duración de 72 horas. Si

El sistema de penas en la legislación española

El sistema de penas tiene como eje la clasificación de las penas en función de su naturaleza y gravedad: − El 32 CP establece la clasificación de las penas en función de su naturaleza. − El 33 CP establece la clasificación de las penas en función de su gravedad. En caso de que una pena

El coste del delito

El gasto menos importante de la delincuencia es el valor de los bienes robados. A esto hay que sumar los gastos de prevención estática de la delincuencia, como cerraduras, alarmas y verjas, así como el personal dedicado a reprimirla; guardias y vigilantes, policías, jueces y funcionarios de la cárcel. Un estudio realizado en 1987 calcula,

Legislación penal común, especial y complementaria

− Legislación penal común. Es la que se recoge en el Código penal vigente. − Legislación penal especial. Formada por una serie de leyes penales fuera del Código penal. Se acude a ella en función de la materia. La legislación penal común y la legislación penal especial se caracterizan por establecer delitos y penas. −

La pena en la legislación penal española

El Derecho Penal comienza en España con el proceso codificador, que comienza a principios del siglo XIX, cuando se sustituye el Derecho Penal del Antiguo Régimen es decir, cuando se lleva a cabo la Revolución Francesa. El Derecho Penal era muy duro, destacaban las penas corporales, la de muerte, suplicio y escarmientos públicos. Ese sistema

Victimología y penalogía

La victimología se ocupa de analizar el papel que ha de jugarla víctima en las distintas fases del delito, centrándose en las alternativas a la sanción penal como la mediación o la conciliación. La penalogía se ocupa de estudiar los efectos de las penas desde la perspectiva de la prevención especial. Cuando se refiere al

La criminología

La criminología es la segunda ciencia penal en importancia. Surge como mecanismo frente a los estudios dogmáticos. Se aparta del conocimiento teórico del Derecho Penal para acercarse a una teoría criminalística. Tradicionalmente la Criminología se ha encaminado al estudio de la persona del delincuente, las causas y factores del comportamiento delictivo y las formas de

La política criminal

De la mano de la criminología surgió la posibilidad de establecer programas de prevención del delito. La Política Criminal es aquel aspecto de la Política General del Estado que se ocupa de la criminalidad a través del recurso a medios penales (política penal) o extrapenales (política criminal estricta). Para aproximarnos al estudio científico del Derecho

La dogmática penal

Es aquella disciplina que tiene por objeto de estudio, no solo el Derecho Penal positivo vigente, sino que tiene un contenido más amplio y plural en el que se integran las cuestiones jurídicas del Derecho Penal, es decir, los dogmas o axiomas en los que se encuentra fundamento las disposiciones legales que se aplican a

Teorías de la pena y el Código Penal español

Hay que elegir una teoría de manera racional y hoy es difícil optar por una sola teoría de la pena. Se puede legitimar a través de un modelo integrado de axiomas. La legitimidad esta subordinada a la forma de articular los fines de la pena en función de las distintas fases de la pena. Actualmente

Teorías que legitiman la pena por su producción metafísica

Son teorías absolutas. Estas teorías responden a la convicción de que el culpable debe encontrar en la pena su merecido. Se llaman absolutas o retributivas porque consideran que la pena no tiende al logro de fines útiles, sino que la pena tiende a la consecución de fines absolutos como el imperio del Derecho. Podemos destacar:

El delito como lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos

El control social jurídico-penal se lleva a cabo fundamentalmente a través de la determinación de que es delito. El control social jurídico-social del Derecho Penal va destinado a determinados comportamientos intolerables que son los delitos. El delito es un comportamiento que se desvía de los parámetros o normas de convivencia social. Esto no significa que

Derecho Penal como instrumento de control social

El Derecho Penal es una ciencia social y muy vinculada a la sociedad de cada momento. Es una ciencia valorativa que nos tiene que hacer mantener una visión crítica. El Derecho Penal es un instrumento de control social. Existen diversos límites de control social que se imponen mediante norma social y jurídica aceptadas y que,

Conceptos fundamentales del Derecho Penal: el delito y la pena

El Derecho Penal es un conjunto de normas legales que están positivadas en la ley y que describen comportamientos que se suponen graves e intolerables. Esos comportamientos los amenaza con una pena o una medida de seguridad. Desde un punto de vista formal el Derecho Penal es un conjunto de normas que describen conductas delictivas

Cesare Beccaria

Cesare Beccaria (Milán 1738-1794), fue jurista y político. Amigo de Verri y asistente a las reuniones de la Sociedad de los Puños. Su obra De los delitos y las penas (1764) tuvo un gran éxito: fue comentada en su edición francesa por Voltaire y Diderot y se convirtió en el texto fundamental de todos los

Delito de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás

El delito de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás se introdujo originariamente en el Código Penal para hacer frente a los casos de “conductores suicidas”, que realizaban carreras sumamente peligrosas para dirimir apuestas. – Exigencia de alta probabilidad de resultado lesivo para las personas producto de la conducción A diferencia del

Delito de conducción temeraria

La conducta típica del delito de conducción temeraria es la conducción de vehículo de motor o ciclomotor con temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. – ¿Qué considera el Código Penal como temeridad manifiesta? El artículo 380.2 del Código Penal reputa a tales efectos como temeridad manifiesta la

Delito de conducción bajo la influencia de tóxicos

La conducta típica del delito de conducción bajo la influencia de tóxicos se recogen dos modalidades: la conducción de vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas, por un lado, y la conducción con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 mgs. por

Delito de conducción con velocidad excesiva

La conducta típica del delito de conducción con velocidad excesiva es la conducción de vehículo de motor o ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente. – Norma penal en blanco Constituye una norma penal en blanco que

Delitos contra la salud pública

El Capítulo III del Título XVII del Libro II del Código Penal, titulado “De los delitos contra la salud pública”, recoge un conjunto de tipos de peligro que tienen como finalidad preservar las condiciones de seguridad en que se ponen en el mercado productos destinados al consumo humano. Los vertidos tóxicos constituyen un delito contra

Delito de daños

Los delitos de daños constituyen delitos patrimoniales sin enriquecimiento, en los que el sujeto activo destruye, deteriora o inutiliza una cosa ajena, económicamente valorable. – Objeto del delito de daños Los bienes que carezcan por completo de valor de cambio, aunque posean un gran valor afectivo, no pueden ser objeto del delito de daños. –

Delito de apropiación indebida

El delito de apropiación indebida se diferencia, como ahora veremos, de otros delitos patrimoniales como el hurto o la estafa. ‐ Distinción del delito de apropiación indebida con otros delitos patrimoniales + Delito de hurto El autor de la apropiación indebida debe estar en posesión del bien en virtud de alguno de los títulos previstos

Delito de estafa

A diferencia del hurto y del robo (que son delitos de apoderamiento), en las estafas el autor persigue un enriquecimiento injusto no ya sustrayendo el bien a su titular, sino engañándolo. El engaño es, precisamente, el elemento más característico de la estafa. ‐ Bien jurídico vulnerado en el delito de estafa Puede ser objeto de

Delito de robo y hurto de uso de vehículos

El bien jurídico vulnerado en el delito de robo y hurto de uso de vehículos es el derecho de uso de vehículos a motor, que puede proceder de cualquier título jurídico, no sólo la propiedad. ‐ Sujeto activo del delito de robo y hurto de uso de vehículos Cualquiera, salvo el propietario o quien actúe

Delito de extorsión

Atendiendo al bien jurídico vulnerado vemos que el delito de extorsión es un delito de carácter pluriofensivo, en el que se protege cualquier componente del patrimonio (bienes muebles, inmuebles, derechos con contenido económico) junto a la integridad física y libertad del extorsionado. – Artículo 243 del Código Penal: penas del delito de extorsión El artículo

Delito de robo

A diferencia del delito de hurto, en el delito de robo se dan una serie de circunstancias diferentes, que seguidamente veremos. – Circunstancias para estar ante un supuesto de delito de robo El apoderamiento del objeto se realiza empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde se encuentre, o bien violencia o intimidación

Delito de hurto

El hurto es un delito patrimonial de enriquecimiento caracterizado por la aprehensión material de una cosa mueble ajena en contra de la voluntad de su dueño, con desplazamiento físico e incorporación al patrimonio del sujeto activo. ‐ Bien jurídico vulnerado en el delito de hurto El hurto puede afectar tanto a la propiedad como a

Delito de descubrimiento y revelación de secretos

En el delito de descubrimiento y revelación de secretos el bien jurídico vulnerado será, con carácter general, la intimidad como derecho a excluir de la esfera privada a los demás, y a controlar la información personal que se difunde de uno mismo. – El descubrimiento y revelación de secretos son delitos perseguibles a instancia de

Delitos contra la intimidad

Los delitos contra la intimidad se regulan en el Título X del Libro II del Código Penal, y contienen las siguientes conductas: descubrimiento y revelación de secretos, por un lado, y allanamiento de morada, por otro. – Delito de descubrimiento y revelación de secretos El descubrimiento y revelación de secretos son delitos que afectan a

El cumplimiento de un deber y el ejercicio legítimo de un Derecho, oficio o cargo

CONSIDERACIONES PREVIAS El apartado séptimo del art. 20 CP regula, a través de la expresión “el que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”, un entramado de causas de justificación que descansan sobre un suporte común. Mediante esta fórmula genérica, se pone expresamente en escena

El Estado de necesidad por colisión de deberes

Se observa que el art. 20.5 CP, cuando incluye la expresión “infrinja un deber”, prevé la denominada colisión de deberes. Como modalidad específica del estado de necesidad, la colisión de deberes presenta ciertas particularidades. Hasta ahora se ha advertido que le estado de necesidad justificante otorga una facultad al propio necesitado para realizar una acción

El auxilio necesario

El art. 20.5 CP no solo ampara la actuación en una situación de necesidad para evitar un mal propio, siendo el necesitado el que realiza la conducta típica de salvamento. Al afirmar que el mal a evitar puede ser “ajeno”, también contempla las hipótesis de auxilio necesario. En tales casos, la acción de salvamento es

El Estado de necesidad justificante

El art. 20.5º CP exime de responsabilidad criminal al que “en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno, lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los requisitos siguientes: Primero. Que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar. Segundo. Que

La antijuricidad en Derecho penal

La realización de un tipo penal no señala necesariamente que la conducta sea contraria a Derecho o antijurídica. Todavía cabrá plantear si el comportamiento típico puede estar autorizado excepcionalmente por la presencia de las denominadas causas de justificación. En determinadas condiciones, lesionar o matar dolosa (o imprudentemente) a otro puede estar permitido, así, cuando la

Clases de imprudencia en Derecho penal

Apuntes de Derecho Penal: análisis de las diferentes clases de imprudencia. Imagen: Scozzaro Law. – Culpa consciente / culpa inconsciente Aunque la imprudencia se caracteriza frente al dolo por la ausencia de conocimiento o previsión de la realización del tipo penal, sin embargo, ello no impide que el autor de una conducta imprudente haya llegado

El sistema de punición de las conductas imprudentes

1. El sistema tradicional para la incriminación de las conductas imprudentes en Derecho Penal español era a través de una cláusula general que preveía una pena atenuada para los casos en que los delitos dolosos tipificados en el CP se realizaran por imprudencia. Este sistema se denominaba de numerus apertus, porque no existía un catálogo

La previsibilidad o cognoscibilidad

1. Según el art. 10 CP, no solo son delitos o faltas los hechos dolosos sino también las “acciones y omisiones imprudentes penadas por la ley”. Si efectivamente el autor ha realizado el tipo objetivo por imprudencia, podrá imputársele el tipo imprudente del delito correspondiente, siempre que esté prevista esa tipificación imprudente pues, como se

La ausencia de dolo: el error de tipo

Con la figura del “error de tipo” se alude a aquellos casos en que el sujeto realiza los elementos objetivos de un tipo penal desconociendo la realización de alguno de ellos. Ejemplos: el cazador dispara a un niño escondido entre los matorrales creyendo que era una pieza de caza-desconoce que mata a “otro”-; un joven

La prueba del dolo

Naturalmente la convicción de que el sujeto ha actuado con conocimiento o previsión del resultado deberá obtenerla el juez, como ocurre con todos los elementos subjetivos, a través de indicios, salvo los pocos casos en que el acusado reconozca que actuó con dolo. Entre los indicios más relevantes para afirmar que el sujeto ha actuado

Concepto y contenido del dolo

LA TEORÍA COGNITIVA DEL DOLO I) LA DELIMITACIÓN ENTRE DOLO E IMPRUDENCIA CON UN CRITERIO COGNITIVO 1. La doctrina partidaria de una teoría cognitiva del dolo coincide en delimitar el dolo y la imprudencia con un criterio exclusivamente cognitivo (conocimiento/desconocimiento), siguiendo la postura defendida en Alemania por algunos autores. 2. Para la descripción del conocimiento

El dolo y la imprudencia como título de imputación subjetiva

1. La comprobación de que una conducta coincide con aquella objetivamente descrita en el tipo penal-incluida la comprobación de los requisitos de imputación objetiva, en los delitos de resultado-es un presupuesto necesario para afirmar que la conducta es típica pero no es suficiente. La calificación de una conducta como típica significa la afirmación de que

Problemas concursales entre delitos de peligro y delitos de lesión

En tanto en cuanto se considere que los delitos de peligro tienen un bien jurídico “propio” y “diferenciado” de los bienes jurídicos individuales que indirectamente se pretenden proteger, los delitos de peligro, como regla general, no pueden quedar desplazados por los delitos de lesión. La solución que valore el total contenido de injusto del hecho

Delitos de peligro concreto

1. La realización del tipo objetivo en los delitos de peligro concreto requiere la comprobación de que la acción ha puesto en una situación de peligro real a un bien jurídico. Esto es: en primer lugar, ha de existir un objeto de la acción y haber entrado en el ámbito operativo de quien lo pone

Delitos de peligro abstracto

Los delitos de peligro abstracto -que en su estructura típica objetiva no se diferencian de los delitos de simple actividad- sólo requieren que el autor haya realizado la acción prohibida, en particular, la acción que, según la experiencia general, representa en sí misma un peligro para los bienes jurídicos con abstracción del caso particular. La

La realización del tipo objetivo en los delitos de peligro

1. La simple realización de acciones peligrosas para los bienes jurídicos (esto es, la realización de acciones de las que solamente es previsible que se pueda derivar la lesión de un bien jurídico) es tomada en consideración por el Derecho Penal de diversos modos. En unos casos (art. 11 CP), la creación de un peligro

La realización del tipo objetivo en los delitos lesivos de mera actividad

En los delitos de lesión de mera actividad, la imputación al tipo objetivo, esto es, la comprobación de que el autor ha realizado la vertiente objetiva del tipo, se agota con la verificación de que se ha realizado la acción típica. En estos delitos-en los que la simple realización de la acción produce el efecto

Las causas de exculpación

El Art. 20,5º CP declara exento de responsabilidad criminal al que actúa en estado de necesidad cuando el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar. El mencionado precepto recoge dos modalidades distintas de estado de necesidad: a) El estado de necesidad en el que la desproporción entre el bien que

El consentimiento

Finalmente, todavía en el ámbito de la imputación objetiva, hemos de hacer referencia al consentimiento del titular del bien jurídico para determinar su fundamento como causa de exclusión de la pena. Esta cuestión ha sido muy discutida en la doctrina, otorgándole genéricamente tres fundamentos distintos a su eficacia exoneratoria. En primer lugar, el consentimiento fue

El alcance del tipo

Roxin establece el alcance del tipo como un ulterior escalón o nivel de imputación para restringir la responsabilidad criminal, dando entrada a consideraciones de política criminal a través de la interpretación de los tipos delictivos en cuestión. Señala que, por regla general, con la creación de un riesgo típicamente relevante y su realización en el

La realización del riesgo en el resultado típico

Una vez constatado que la acción ha creado un riesgo típicamente relevante, para afirmar la imputación objetiva del resultado a la acción es necesario comprobar que el resultado causado es la realización efectiva del riesgo inherente a la conducta del autor, es decir, que es la realización del peligro que la norma infringida tenía por

La creación de un riesgo típicamente relevante

En primer lugar, para poder afirmar la imputación objetiva es necesario comprobar si la acción causante del resultado ha creado un riesgo típicamente relevante, dado que desde la concepción personal del ilícito aquí defendida el objeto de la prohibición penal no puede ser más que acciones objetivamente peligrosas para los bienes jurídicos, cuya puesta en

La imputación objetiva

Desde la perspectiva expuesta, queda claro que el nexo objetivo entre la acción y el resultado plantea dos problemas distintos, que deben ser resueltos sucesivamente en sentido positivo, acudiendo a criterios diversos, para poder constatar la realización del tipo objetivo en los delitos de resultado. Por ello, la teoría de la imputación objetiva exige delitos

Resultado, causalidad e imputación objetiva

Como es sabido, los delitos de resultado son aquellos cuya estructura típica exige la producción de un efecto sobre el objeto del bien jurídico separado en el espacio y en el tiempo de la acción. Se exige que acción y resultado se encuentren unidos por un nexo objetivo que permita afirmar que el resultado es

La tipicidad

La exposición de la teoría del delito como teoría de la imputación tiene lugar tradicionalmente en dos partes que se corresponden con los delitos de acción y con los delitos de omisión. Ello se debe a que en el Código Penal existen dos clases de normas: las normas prohibitivas (que prohíben la realización de determinadas

La distinción entre delitos graves, menos graves y faltas

1. LA CLASIFICACIÓN TRIPARTITA DE LOS ILÍCITOS PENALES SEGÚN LA GRAVEDAD DE LA PENA El CP de 1995 adoptó una clasificación tripartita de las infracciones según la gravedad de la pena prevista por ellas. Así, el art. 13 CP distingue entre delitos graves, delitos menos graves y faltas, según que la pena prevista en la

El delito como hecho ilícito realizado por un autor culpable

Una vez confirmada la existencia de una acción conrtaria a la norma sin otra permisiva que la justifique, es preciso demostrar la culpabilidad del autor de la acción. La culpabilidad se refiere al conjunto de requisitos necesarios para poder atribuir al autor el hecho ilícito, el injusto. Es preciso, entonces, demostrar la culpabilidad del autor,

La antijuricidad (ausencia de causas de justificación)

El indicio de contrariedad al Derecho que aparece con la tipicidad, debe posteriormente confirmarse mediante el juicio de antijuricidad. En el sistema tripartito propuesto, la antijuricidad es estrictamente la sede de las causas de justificación y se confirma su existencia por la ausencia de los mismos, es decir, a través de un procedimiento negativo de

La tipicidad (violación de normas)

La tipicidad consiste en la descripción de la acción prohibida y es sinónimo de la materia de prohibición o contravención de la norma. Un hecho es típico cuando se encuentra expresamente recogido en un precepto de la parte especial del Código. Normalmente el comportamiento consistente en matar a otro es un hecho típico-art. 138 CP-y

El delito como hecho ilícito

Una actividad es contraria al Derecho cuando infringe una norma penal, lesionando o poniendo en peligro un bien jurídico, dolosa o imprudentemente, sin que exista norma permisiva que justifique tal actuación. Para que la acción u omisión contraria al bien jurídico, ya lo lesione o ponga en peligro, sea calificada como ilícito penal es preciso,

El desvalor de la acción y del resultado en la fundamentación del ilícito

Sin desvalor de acción no se sanciona el desvalor de resultado por grave que este sea y, por contra, sí puede castigarse una acción disvaliosa que no produzca resultado alguno. Salvo en los delitos imprudentes, ya que en estos, el legislador ha decidido que el resultado es un criterio de selección de las conductas prohibidas;

Diferencias entre los planteamientos de Roxin y Jakobs

Según el propio Roxin sus tesis se aproximan en la medida en que comparten la crítica al punto de partida ontológico del finalismo y la elaboración normativa de las categorías dogmáticas pero se aleja en la medida en que limita esa tarea a la estabilización del sistema. Jakobs, para llegar a la consecuencia de la

Tesis estructural-funcionalista-normativa de Jakobs

La teoría de Jakobs se basa en un principio de prevención general orientado al mantenimiento del sistema social. Se considera que la pena está al servicio del ejercicio de la fidelidad al Derecho, y la culpabilidad se le asigna al autor en función de la misma necesidad preventiva. Es un claro ejemplo de planteamiento normativista,

Tesis teológico-valorativa de Roxin

Roxin defiende la unidad sistemática entre la Política criminal y Derecho Penal como una misión del Ordenamiento jurídico. En este planteamiento, se contempla que las diversas categorías del delito-tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad-deben desarrollarse bajo el prisma de su función político-criminal. Esta fundamentación repercute en la teoría de Roxin de cinco modos: – El principio nullum

Concepción personal del ilícito – Sistema finalista

En la concepción personal del injusto, el concepto de acción debe interpretarse como control del individuo de los cursos causales. Si la acción, como estructura lógico-objetiva, es la esencia de este modelo, las repercusiones son, por un lado, que el tipo penal adopta también la estructura penal de la acción y, como es lógico, eso

Concepción causal del delito – Sistema causalista

A) SISTEMA CLÁSICO DEL DELITO El sistema clásico del delito deriva del concepto causal de acción, que consistía en separar el estudio de la acción, como proceso causal externo que provoca un resultado-contenido objetivo-, en la tipicidad, y la intención del autor en la culpabilidad. En congruencia con este punto de partida se podía referir

Evolución y estado actual de los modelos fundamentales de la teoría jurídica del delito

La construcción de un sistema de Derecho Penal está vinculada a la teoría de las normas que se defienda-normas de valoración o de determinación-. Las normas de determinación, son las que prohíben realizar un comportamiento o imponen mandatos de actuación dirigidos a la colectividad para que los cumplan. Así interpretados, las normas penales son imperativos

La teoría del delito como teoría de la imputación y de la aplicación de la ley penal

La teoría del delito es la concreción más significativa de la dogmática penal y consiste en la sistematización de los diversos elementos que permiten determinar la responsabilidad penal de quien lesiona o pone en peligro un bien jurídico mediante la creación de un riesgo desaprobado. La persona que atenta contra un valor trascendente del Ordenamiento

La inmunidad de los diputados, senadores y otros cargos públicos

De acuerdo con el art. 71.2 CE “durante el periodo de su mandato, los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad, y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva”. Por su parte, el art. 6 de la Ley Orgánica

La inviolabilidad de los diputados, senadores y otros cargos públicos

El artículo 71.1 de la Constitución consagra la inviolabilidad de los diputados y senadores por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones. – Inviolabilidad del Defensor del Pueblo, Magistrados del Tribunal Constitucional y Diputados de Parlamentos de Comunidades Autónomas Además, el Defensor del Pueblo, los Magistrados del Tribunal Constitucional y, finalmente, los Diputados

La inviolabilidad del jefe del Estado

De acuerdo con el artículo 56.3 de la Constitución, “la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el art. 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el art. 65.2”. – Naturaleza de la inviolabilidad del jefe de

La extradicción pasiva

Tanto el procedimiento como los requisitos para que España pueda conceder la extradición de una persona a otro país se encuentran establecidos en la Ley de Extradición Pasiva de 21 de marzo de 1.985. El procedimiento de extradición pasiva aparece reglado en los arts. 7 y ss. LEP. Dicho procedimiento se inicia cuando el Gobierno

Procedimiento de extradicción

La extradición activa es aquella en virtud de la cual España solicita a otro Estado la entrega de una persona que se encunetra en el territorio de ese otro Estado, con la finalidad de que pueda ser juzgada en España. El procedimiento para extradición activa aparece recogido en los arts. 824 y ss. LECrim, y

El principio de jurisdicción universal

El art. 23.4 LOPJ declara expresamente la competencia de la jurisdicción española “para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la ley penal española, como alguno de los siguientes delitos: a) Genocidio. b) Terrorismo. c) Piratería y apoderamiento ilícito de aeronaves. d) Falsificación de moneda

El principio de personalidad o de nacionalidad

El art. 23.2 LOPJ consagra el principio de personalidad en los siguientes términos: “Asimismo, [la jurisdicción española] conocerá de los hechos previstos en las leyes penales españolas como delitos, aunque hayan sido cometidos fuera del territorio nacional, siempre que los criminalmente responsables fueran españoles o extranjeros que hubieren adquirido la nacionalidad española con posterioridad a

El principio real o de defensa

El art. 23.3 LOPJ dispone que “conocerá la jurisdicción española de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional cuando sean susceptibles de tipificarse, según la ley penal española, como alguno de los siguientes delitos: a) De traición y contra la paz o la independencia del Estado. b) Contra el titular de

La aplicación de la ley penal en el espacio: el principio de territorialidad

La aplicación de la ley penal se rige, en general, por el principio de territorialidad, que implica que los Jueces y Tribunales españoles son competentes para aplicar la ley penal española a todos los delitos cometidos dentro del territorio nacional español con independencia de la nacionalidad de los autores del delito o de sus víctimas.

Principios para la valoración preferente de las normas penales

• El principio de especialidad es esencial en la solución de la concurrencia de preceptos penales. Según él, “el precepto especial se aplicará con preferencia al general” (art. 8.1 CP). Las razones de esa especialidad, a menudo residirán en la existencia de agravaciones o atenuaciones típicas que incorporan algún elemento adicional de valoración a los

El principio «non bis in idem»

El principio non bis in idem significa la prohibición de sancionar más de una vez el mismo hecho. Aunque no se halla recogido expresamente en la Constitución, es doctrina reiterada de su máxime intérprete la conexión que guarda este fundamental principio con el de legalidad de las sanciones penales y administrativas contenido en el art.

Determinación de la ley penal más favorable

La aplicación de los principios expuestos obliga a hacer algunas consideraciones en torno a cómo se determina la ley penal más favorable para el reo. I) En primer lugar hay que tener en cuenta que, en algunos casos, para determinar qué ley penal es la que más favorece al reo debe tomarse en consideración la

La irretroactividad de las leyes penales

El punto de partida para solucionar estos problemas viene dado por el principio tempus regis actum, esto es, por la regla general según la cual los hechos se enjuician con arreglo a la ley que estaba en vigor en el momento de su realización (lo que comporta la irretroactividad de las leyes penales). Así lo

La exigencia de lex previa

Como se mencionó en la propia definición del principio de legalidad, la conducta delictiva y la pena correspondiente deben estar previstas en la ley antes de la realización del hecho (lex praevia). En otras palabras, una conducta solo puede ser considerada delito y resultar penada si está prevista como tal y con la correspondiente consecuencia

La interpretación de la ley penal: clases y delimitación con la analogía

1. La prohibición de la analogía in malam partem no implica en absoluto prohibición de interpretación por parte del juez. 2. Lo que exige el principio de legalidad es que el juez efectúe la interpretación dentro del tenor literal del precepto penal, es decir, en el marco delimitado por el sentido literal posible del texto

La prohibición de la analogía in malem partem

El principio de legalidad conlleva como consecuencia para el juez la prohibición de castigar aquellas conductas que no estén estrictamente contenidas en la ley penal. Como consecuencia de ello, el juez penal no puede utilizar la analogía para considerar una conducta constitutiva de delito. La analogía consiste en aplicar una norma jurídica a un caso

La determinación de las consecuencias jurídicas del delito

La exigencia de lex certa no solo rige para la descripción de las conductas ilícitas sino que también alcanza a las consecuencias jurídicas del delito, es decir, a la determinación de las penas y las medidas de seguridad. El Tribunal Constitucional ha afirmado que “la doble garantía impuesta por el art. 25.1 CE no se

La determinación de la conducta delictiva

Para que realmente la ley cumpla con su función de establecer cuáles son las conductas punibles, estas deben estar definidas con claridad y precisión, no de forma excesivamente vaga o genérica. Solo de esta forma puede el ciudadano saber qué es lo permitido y lo prohibido y puede el Juez decidir con exactitud si debe

La exigencia de lex certa o mandato de determinación

La ley penal, pese a su carácter generalizador, ha de describir de una manera precisa, clara y exhaustiva-en definitiva, de una manera cierta- tanto la conducta prohibida como la pena con la que se conmina su realización. Esta exigencia de lex certa, llamado también “principio de taxatividad”, se vincula estrechamente con la faceta garantista del

El principio de responsabilidad objetiva

No es posible responsabilizar por su acción, ni por el resultado por ella producido, a quien ha actuado sin dolo (sin saber lo que hacía) ni imprudencia (sin haberlo podido prever). Esta exigencia, conocida también con el nombre de “principio de responsabilidad subjetiva”, debe vincularse al carácter personal del ilícito penal (ya que las normas

La orientación de las penas privativas de libertad a la resocialización del autor

1. Al final de los años sesenta del s. XX se produjo una potenciación de los sustitutivos penales, la búsqueda de penas alternativas a la prisión y, sobre todo, el auge del llamado “ideal resocializador” según el cual, cuando-por resultar inevitable- se tuviera que hacer uso de la pena privativa de libertad, la ejecución de

La prohibición de las penas inhumanas y degradantes

La historia del Derecho Penal ha sido la historia de su progresiva humanización. El principio de humanidad de las penas tal vez sea el que en mayor medida caracteriza la evolución del contenido del sistema penal contemporáneo. El art. 15 CE establece que nadie puede ser “sometido a penas inhumanas o degradantes”. De este modo

Criterios de diferenciación entre ilícito penal (delito) y pena e ilícito administrativo y sanción administrativa

a) La diferencia entre un delito y una infracción administrativa, y entre una pena y una sanción administrativa no es sustancial o cualitativa (ya que ambas constituyen distintas manifestaciones de un mismo poder sancionador del Estado), sino puramente cuantitativa en el sentido de que los ilícitos penales (los delitos) deben ser los más graves de

El sometimiento de la potestad sancionadora de la Administración a los principios del Estado de Derecho

La aplicación de las garantías constitucionales del Derecho Penal ordinario al Derecho sancionador administrativo se prevé en la Constitución Española de manera expresa ya que los arts. 9, 25 y 106 CE han sentado las bases para someter definitivamente la potestad sancionadora de la Administración a las garantías fundamentales que resultan propias del Estado de

El poder sancionador del Estado a través de la Administración

Por lo general, el Derecho suele dividirse en dos grandes campos: el Derecho Privado (que se basa en el principio de equiparación de los que intervienen en las relaciones jurídicas) y el Derecho Público (en el que rige la subordinación del individuo al poder del Estado). El Derecho Penal pertenece, evidentemente, al Derecho Público. Pero

Las medidas de seguridad en la legislación penal española

A) GARANTÍAS QUE PRESIDEN SU APLICACIÓN Para aplicar una medida de seguridad es imprescindible cumplir los requisitos establecidos en la Ley (arts. 6 y 95 CP). Por consiguiente, a) las medidas de seguridad deben ser aplicadas por un Juez o Tribunal (garantía jurisdiccional); b) el sujeto debe haber cometido un hecho previsto como delito (post-delictualidad);

La distinción entre penas y medidas de seguridad

Se puede afirmar que en la actualidad hay un profundo acercamiento entre las penas y las medidas de seguridad porque el fin es el mismo, su necesidad y utilidad de evitar el delito a través de la prevención (general y especial) y, además, las penas y las medidas de seguridad deben estar rodeadas de las

Estados peligrosos y medidas de seguridad

El Estado, para ejercer su poder controlador/sancionador, no solo dispone del mecanismo de la pena, sino que junto a ella utiliza otro instrumento: la medida de seguridad. La pena ha sido históricamente el instrumento tradicional de reacción frente al delito, y ello porque, a la luz de los postulados de la Escuela Clásica (teorías absolutas

LO 5/2000, responsabilidad penal de los menores

I) CONSIDERACIONES PREVIAS La determinación de los límites a partir de los cuales debe comenzar la exigencia de la responsabilidad penal ha sido una de las cuestiones que más ha preocupado a la ciencia del Derecho Penal. El sistema del discernimiento fue, en un principio, el criterio elegido para determinar la responsabilidad penal de los

El sistema progresivo de grados

La pena de prisión, en general, separa al condenado de la sociedad- esta es una de sus funciones “negativas”: la inocuizadora- y ello resulta contraproducente en orden a posibilitar el fin constitucional de reinserción social (art. 25.2 CE). Según los principios que lo inspiran, el proceso de resocialización pasa por unos grados de cumplimiento de

La sustitución de la pena

Además de las previsiones de sustitución legal de las penas de prisión inferiores a tres meses, el Código contempla otros supuestos de sustitución judicial en tanto que posibilidades que se reconocen a los tribunales de imponer motivada-pero discrecionalmente- penas distintas a la privación de libertad de escasa duración. Es la primera vez que nuestro Derecho

La suspensión de la ejecución de la pena

Se regula en los arts. 80 a 87 del Código Penal y consiste en una facultad que se otorga a jueces y tribunales de evitar el cumplimiento normalizado de las penas privativas de libertad. Bajo su régimen más común, las posibilidades de suspensión se establecen para penas de naturaleza leve o menos grave-hasta dos años-

Los «sustitutivos penales»

Fue bajo el positivismo criminológico italiano de finales del s. XIX cuando se utilizó por vez primera la terminología “sustitutivos penales”. La sugirió Ferri, uno de sus más reconocidos representantes, para designar una serie de medidas destinadas a servir de alternativa a las penas en general. No eran, sin embargo, medidas penales las que proponía

Sistema de penas del Código penal

Novedades como la introducción del sistema de días-multa y de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. El art. 32 CP establece la clasificación de las penas en base a su naturaleza, distinguiendo entre penas privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa. Son penas privativas de libertad la prisión, la localización

Legislación penal común, especial y complementaria

La legislación penal española está compuesta por dos grandes grupos de leyes. I) En primer lugar, por las leyes que establecen delitos y sanciones penales para aquellos que los cometen. Dicho conjunto de leyes está constituido por la legislación penal común y la legislación penal especial. a) La legislación penal común es la contenida en

La penología y el Derecho penitenciario

Inicialmente, el estudio de las sanciones penales recibió el nombre de penología como rama de la ciencia penal que se ocupaba del castigo del delincuente. Estudio y sistematización de las diversas sanciones penales, fundamentalmente de las penas, pero también de las medidas de seguridad y de las consecuencias accesorias, e incluso, en sentido amplio, de

La victimología

Es solo una vertiente de la Criminología que estudia el papel que debe jugar la víctima en alguna de las fases del sistema penal, fundamentalmente, en la selección de alternativas a la sanción –conciliación, mediación-. Su importancia reside, sobre todo, en su posible influencia en el marco de aplicación y ejecución de las sanciones y,

Las teorías de la pena y el Código Penal español

El Código Penal español vigente no responde a ningún modelo definido de teoría de la pena. Esta actitud del legislador que en principio podría considerarse un acierto (ya que no se puede cerrar legislativamente una discusión absolutamente abierta y viva en la dogmática), constituye sin embargo un gravísimo error desde el momento en que, por

Un posible modelo integrado de legitimación del Derecho penal

La opción en favor de alguna de las teorías de la pena es, lógicamente, libre. Todas ellas presentan ventajas e inconvenientes. Pena: fenómeno pluridimensional que cumple diferentes funciones y que se debería legitimar a través de un “modelo integrado” (no excluyente) de axiomas legitimantes: se trataría, en definitiva, de articular la teoría de la prevención

Teorías que legitiman la pena por sus consecuencias sociales

Legitiman la pena en atención a sus consecuencias sociales: la obtención o la tendencia a obtener un determinado fin socialmente útil, ya se trate de prevenir-evitar delitos (teorías relativas y teorías de la unión), ya se trate de ratificar las normas violadas para garantizar el buen funcionamiento del sistema social (teoría de la prevención general

Teorías que legitiman la pena por su función metafísica

– Las teorías absolutas de la pena (o teorías de la retribución) son propias del idealismo alemán (Escuela Clásica) del s. XIX, y tienen como principales representantes a Kant y Hegel. Estas teorías asignan a la pena la función metafísica de la realización de ideales “absolutos”, como las exigencias de la Justicia o el Derecho.

Teorías de la pena

– Las teorías de la pena no tratan de dar respuesta a la pregunta relativa de qué es la pena. La pena es siempre un castigo, un mal, una privación de derechos (la libertad, la posibilidad de ejercer profesiones, de realizar determinadas actividades como conducir vehículos, etc.) que el Estado impone coercitivamente al autor de

El Derecho penal como instrumento de control social

Control social: • Ross: “todos los procesos que contribuyen a la “socialización” del individuo, esto es, a la reproducción de las reglas y del orden social vigente: opinión pública, derecho, sistema educativo, religión, entre otros”. • Parson: “conjunto de medios que permiten influir y reaccionar frente a los comportamientos “desviados”, esto es, dar respuesta a

El delito y la pena

· Derecho penal: conjunto de normas que vinculan al delito la consecuencia de una pena y/o una medida de seguridad. Lo que pretende es evitar la lesión o puesta en peligro de aquellos valores individuales o intereses colectivos que se consideran esenciales para la coexistencia social; y con ello, la protección de determinados bienes jurídicos.

Elementos subjetivos en el Derecho positivo español

En atención a los casos característicos de tipos que contienen elementos subjetivos del injusto, se deben mencionar los delitos de intención, los delitos de tenencia interna trascendente y los delitos de expresión. En los primeros, delitos de intención, el acontecimiento externo no aparece por sí solo como contrario a derecho si no se realiza para

Clases de tipos penales

La clasificación de los tipos se puede formular atendiendo a los diversos elementos que lo integran. Alguna de las clasificaciones ya han sido abordadas al estudiar particularmente los elementos del tipo por lo que en relación con ellas solo las mencionamos para posteriormente analizar las que hasta ahora no se han visto. En cuanto al

Condiciones objetivas de punibilidad

Con el estudio de los elementos genéricos y usuales del tipo y de los elementos subjetivos del mismo no se agotan las posibles peculiaridades del proceso de tipificación. Junto a tales elementos, a veces, se exige la concurrencia de ciertas excepcionales circunstancias descritas en las respectivas figuras legales que no pertenecen ni a la conducta

Teoría de la imputación objetiva

LA ACCIÓN Y LA OMISIÓN COMO COMPORTAMIENTOS PUNIBLES Las conductas que el legislador prohíbe son comportamientos activos y voluntarios. Pero sucede que también la norma obliga en DP a desarrollar o a llevar a cabo una conducta activa porque lo que prohíbe es la omisión. Hay que tener en cuenta que la omisión en DP

Comprobación de la causalidad

Es un problema que atañe al tipo de injusto porque está vinculado con la conducta típica. La experiencia y la complejidad del comportamiento humano ponen en evidencia que a veces la conclusión de causalidad no es tan sencilla a la hora de determinar la misma. No siempre es fácil determinar que a un resultado concurren

Acción como acción típica

Para que una conducta en derecho penal sea relevante tiene que ser voluntaria. Si uno no puede controlar su comportamiento, el CP no podrá impedir nada. Implícitamente, este requisito se residencia en el art. 10 CP, cuando acota el objeto del DP a las acciones dolosas o imprudentes, es decir, las acciones voluntarias. Lo que

La acción

Se distingue entre delitos de mera actividad y delitos de resultado. En los delitos de resultado, para la consumación del hecho delictivo, el legislador exige el acaecimiento del resultado material. Normalmente ese resultado suele ser inmediatamente posterior al desarrollo de la acción. El resultado en el homicidio es la muerte. En cambio, hay delitos en

Sujeto pasivo

El sujeto pasivo se define como el titular del bien jurídico protegido. En algunas situaciones el sujeto pasivo es de titularidad colectiva (estado, municipio, etc.). En el caso del tráfico de drogas es la sociedad (todos los ciudadanos). Lo siguiente es diferenciar entre sujeto pasivo y sujeto sobre el que recae la acción delictiva. A

Persona jurídica como sujeto activo

Hay que establecer una primera distinción entre sujeto activo y autor. Sujeto activo  el concepto alude a la persona que realiza el hecho descrito en el tipo penal y no establece ningún juicio de valoración adicional. No describe la existencia de responsabilidad. Autor  alude siempre a la responsabilidad por el hecho antijurídico realizado

Elementos que componen el tipo (naturaleza)

En ese sentido hay que destacar que la formulación típica es esencialmente una descripción. Una descripción heterogénea, es decir, polivalente. La formulación típica es una descripción que se verifica a través de una proposición. Una proposición normativa que se descompone en términos. El sentido de los mismos se determina en virtud de una operación intelectual

Contenido del injusto

El contenido de injusto de una infracción viene determinado por la medida en que viola el objeto de protección de la norma. Desde este punto de vista, la infracción puede consistir en una efectiva lesión de un bien jurídico o simplemente en su puesta en peligro. No todos los delitos son delitos de daño o

Tipicidad y ofensa al bien jurídico

El tema del bien jurídico constituye pieza fundamental de la teoría jurídica del delito. Su planteamiento y relevancia se manifiesta sin duda en un entendimiento del derecho como tutelador y protector de bienes jurídicos. Por otra parte es claro que su fortalecimiento es propio de una concepción liberal del derecho penal inspirada en la clara

Función del tipo

Para COBO–VIVES, generalmente se atribuyen al tipo dos funciones primordiales, función indiciaria y función de garantía, a ellas en ocasiones se suma una función procesal. Frente a esta perspectiva, el tipo cumple junto a la función fundamentadora del injusto una decisiva función delimitando el ámbito de lo penalmente relevante, así el tipo de injusto es

Concepto de tipo

Desde una perspectiva general se suele afirmar que se entiende por tipo el conjunto de los presupuestos a los que aparece ligada una consecuencia jurídica. En derecho penal, el concepto de tipo es ante todo tipo de injusto, esto es, delimitación de las características determinantes del injusto específico de cada figura delictiva. En relación con

Desvalor de la acción y desvalor del resultado

La antijuridicidad ha sido caracterizada como la lesión o puesta en peligro de un bien jurídico. Quien sustenta una concepción objetiva de la misma debe concebirla como desvalor de resultado y quien mantiene una concepción subjetiva habrá de configurarla primordialmente como el desvalor de la acción. Desde la perspectiva aquí defendida se opta por rechazar

Antijuricidad e injusto

WELZEL, ha señalado que antijuridicidad e injusto, generalmente, se utilizan como sinónimos pero realmente son cosas diferentes, la antijuridicidad es una mera relación de contradicción entre una norma y un hecho o acontecimiento cualquiera. El injusto, por el contrario, es el objeto valorado, algo sustantivo, el hecho antijurídico en sí mismo considerado. No existe una

Antijuricidad formal y material

Se entiende por antijuridicidad formal la contradicción de un hecho con la ley y por antijuridicidad material su contraste con los intereses sociales, es decir, su lesividad social. Habiéndose mantenido una vigencia a ultranza del principio de legalidad, no podemos más que descartar la existencia de estas dos clases de antijuridicidad. De la misma forma

Concepto de antijuricidad

En primer lugar, en relación con el concepto de antijuridicidad hemos de señalar que en su momento adoptamos una sistemática axiológica que analiza la infracción en base a dos juicios constitutivos: el juicio de antijuridicidad y el juicio de culpabilidad. De las definiciones que se han ofertado en relación con la antijuridicidad continúa siendo válida

Distinción entre delitos graves, menos graves y faltas

Hasta ahora, se ha venido manejando el término delito como sinónimo de infracción. Lo hemos utilizado tanto para referirnos a las infracciones penales más graves, delitos, como a las más leves, faltas. Obviamente, la infracción penal y el delito se pueden clasificar de tantos modos o formas como criterios seleccionemos para ello, uno de estos

Concepto y definición de delito

El concepto de delito ha sido formulado en múltiples definiciones. Se pueden agrupar en doctrinales y legales. Dentro de las doctrinales también se pueden distinguir las sustanciales de las formales. Dentro de las sustanciales que son aquellas que tienden a captar sus características materiales hay que diferenciar las sociológicas de la filosóficas. Dentro de las

Asilo

El asilo puede ser territorial o diplomático y pueden solicitarlo aquellos a quienes se hubiese concedido o reconocido la condición de refugiado. La ley 9/1994 se remite a los instrumentos internacionales y a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados así como al Protocolo sobre el Estatuto del Refugiado.

La extradicción en el Derecho penal español

En el derecho positivo existen convenios suscritos con diversos países. La CE, en el artículo 13, número 3, establece que la extradición solo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley atendiendo al principio de reciprocidad, quedando excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.

Clases de extradicción

• Activa, consiste en la solicitud de entrega de un inculpado o condenado por un estado a otro. • Pasiva, se concreta en la entrega de un delincuente real o presunto refugiado en un país al estado reclamante

Concepto, naturaleza y fundamento de la extradicción

Es una institución íntimamente relacionada con los problemas que plantea la aplicación de la ley penal en el espacio. Trata de resolver los que resultan cuando el individuo que ha cometido un delito en un estado concreto logra escapar a la acción de las autoridades y busca refugio en otro país. La importancia que se

Principio de justicia universal

Este principio atiende al contenido de la infracción y al bien jurídico conculcado pero por su proyección universal. Se encuentra recogido en el art. 23.4 LOPJ. Igualmente será competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la ley penal española, como

Principio real o de protección

Según este principio, el Estado aplicará su propia ley penal a todos los delitos cometidos contra sus intereses, cualquiera que sea el lugar donde se hayan cometido y la nacionalidad de la persona que lo ejecuta. Su fórmula puede parecer egoísta puesto que concreta la protección estatal a determinados intereses vitales del Estado o de

Principio personal

Según el mismo, no se atiende al territorio si no a la nacionalidad del delincuente. De manera que se tendrá en cuenta la ley penal del país del sujeto activo del delito. En esta línea, el número 2 del art. 23 LOPJ establece … Asimismo, conocerá de los hechos previstos en las leyes penales españolas

Lugar de comisión del delito

En cuanto al lugar de comisión del delito, puede ser importante en hipótesis en las que se comete el delito en un país y se produce el resultado en otro diferente. Ante la ausencia de regulación expresa, la doctrina ha elaborado una serie de teorías: Teoría de la acción, esto es, donde se ha producido

Principio de territorialidad

Mediante este principio, la ley penal se aplica a todos los hechos delictivos cometidos dentro del espacio de soberanía estatal, sea cual fuere la nacionalidad del delincuente o los intereses que éste conculque. En esta línea, el número 1 del art. 23 LOPJ, afirma: “En el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento

Leyes penales intermedias

Entran en vigor después de haberse cometido el hecho punible y son derogadas antes de ser juzgado. Es especialmente compleja su aplicación cuando la más favorable es la ley intermedia ya que el resto de hipótesis posibles se resuelven con las reglas ya conocidas y en dicho supuesto, ley intermedia más favorable, nada impide optar

Retroactividad de la ley más favorable

La idea anterior hay que completarla con una excepción: si la ley posterior comporta un trato más favorable para el sujeto que ha delinquido, se aplica entonces la ley más favorable aunque sea posterior a la realización de los hechos. En este sentido, el art. 2.2. CP afirma: “No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes

Principio de irretroactividad de la ley penal

De acuerdo con este principio, las leyes penales no se aplican a situaciones surgidas con anterioridad a su entrada en vigor: irretroactividad. Y tampoco a las desarrolladas con posterioridad a su derogación: ultraactividad. En síntesis: la ley penal se extiende a los comportamientos realizados después de su entrada en vigor y antes de su derogación.

Principio y fin de la ley penal

La ley penal no tiene una vigencia sin límite. A la misma se le plantean limitaciones temporales y espaciales. La razón de ello, como apunta JIMENEZ DE ASÚA, se encuentra en la misma naturaleza de la norma. Es un acto de voluntad colectiva manifestada por los órganos del Estado mediante el cual se regula jurídicamente

Concurso aparente de leyes penales

Existe concurso aparente de normas cuando un determinado supuesto de hecho es subsumible en varios preceptos, uno de los cuales desplazará a los restantes. – Concurso aparente de normas, según Castelló Nicas Como apunta CASTELLÓ NICAS, nos encontramos ante un concurso aparente de normas cuando estamos ante una situación jurídico-penalmente relevante en la que varias

Tratados internacionales

La CE regula esta materia en el capítulo III, del Título III, dedicado a las Cortes Generales. Al efecto, se diferencian tratados internacionales diferentes. Pero en materia penal la hipótesis que había que plantear sería la del art. 94 CE, letra C, tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a

Sentencias del Tribunal Constitucional

En primer lugar hay que señalar que existe acuerdo de que la jurisprudencia no es fuente de Derecho penal. Al margen del papel que el art. 1.6 CC le otorga. Pero, a la vista de la CE y como quiera que la CE se presenta como un límite superior y absoluto a la actuación de

Prohibición del Derecho consuetudinario en el ámbito penal

En primer lugar la definimos con SAINZ CANTERO y BATAGLINI como la observancia uniforme constante y general de ciertas normas no escritas con la convicción de su obligatoriedad jurídica. Su valor en el ámbito penal ha sido siempre discutible aunque es mayoritaria y totalmente válida la afirmación que la excluye como fuente directa sin que

Clases de leyes penales

Se pueden establecer muchas clasificaciones. La ley penal codificada es la que se contiene sistemáticamente estructurada en el Código Penal. Es la más representativa de las leyes penales y guía de todas las demás. Las leyes penales especiales son leyes distintas al CP, pero que sin embargo describen delitos, estados peligrosos, penas o medidas de

Estructura externa de la ley penal

La ley es un acto de las Cortes Generales sometido a una serie de procedimientos constitucionalmente previstos. El número 2 del art. 66 establece que las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado. Los art. 81 y ss. regulan los tipos de leyes existentes, el procedimientos legislativo, promulgación, sanción y en general la regulación

Concepto de ley penal

Se suele distinguir en las fuentes del Derecho Penal entre fuentes de producción y fuentes de manifestación que a su vez se subdividen en fuentes directas (que obligan directamente a sus destinatarios) y fuentes indirectas (que necesitan un reenvío hacia ellas por parte de una fuente directa, por ejemplo la costumbre). En Derecho Penal, la

Código Penal de 1995

El 8 de noviembre de 1995 es aprobado el código penal de 1995. Valoración Las valoraciones que se pueden hacer de un código penal completo son múltiples, destacando la inclusión del título preliminar en el que sorprendentemente no se incorpora la regulación de la ley penal en el espacio. Igualmente es destacable el sistema de

El Derecho penal proyectado

El camino de las reformas que se suceden tras 1975 es una muestra de la necesidad de un código penal nuevo adaptado a un régimen político nuevo. Dicha tarea, desde la publicación de la Constitución de 1978 ha necesitado 17 años para ver cumplido ese objetivo. En dicho período se han sucedido proyectos y anteproyectos.

Reformas penales después de 1975

El fallecimiento de Franco en 1975 y el nuevo giro político así como la aprobación de la Constitución de 1978, obligan a una sucesión de reformas que pretenden adecuar el Código Penal a los nuevos valores democráticos. Destacables son múltiples leyes como la LO 8/1983 de 25 de junio que entre otras cosas acató algunas

Movimiento codificador en España

Las corrientes reformistas en materia penal también encontraron amplio en las Cortes de Cádiz. La Constitución de 1812 contiene entre otros logros la eliminación del tormento y los apremios, el principio de personalidad de la pena y la inviolabilidad del domicilio. Idea esencial fue la creación de un Código Criminal único. Dicho código no llegó

Principios de humanidad y resocialización

Este principio aparece muy cercano en su construcción al principio de culpabilidad. Señala que todas las relaciones humanas que el derecho penal regula se deben reglar sobre la base de una vinculación recíproca, de una responsabilidad social hacia el ciudadano que delinque. En resumen, de una comprensión humanitaria y solidaria sobre la persona del delincuente.

Principio non bis in idem

Constituye este principio un irrenunciable límite del ius puniendi. En su formulación sustantiva, significa que no se puede castigar más de una vez por la misma infracción. En cualquier caso no es únicamente su proyección sustantiva la que concreta sus consecuencias sino que también incide en el derecho procesal penal. En su dimensión sustantiva se

Principio de necesidad en Derecho Penal

El principio de necesidad de pena se presenta como una exigencia adicional a la culpabilidad. La pena adecuada a la medida de culpabilidad, tendrá que ser además necesaria para responder a las exigencias de prevención general y especial. Generalmente no está contemplado en las constituciones europeas pero sí en declaraciones de intenciones como la Declaración

Principio de proporcionalidad en Derecho Penal

Según el principio de proporcionalidad, la gravedad de la pena o de la medida de seguridad debe corresponderse con la gravedad del hecho cometido o con la peligrosidad del sujeto respectivamente. Es obvio que tiene una gran vinculación con el principio de culpabilidad, no obstante en ningún caso la proporcionalidad puede sustituir a la culpabilidad

Principio de presunción de inocencia

Está proclamado en el artículo 24 de la Constitución. El principio de presunción de inocencia se proyecta en dos ámbitos: Derecho penal sustantivo y Derecho procesal, hasta el punto de que se ha afirmado que se encuentra a caballo entre ambos. El principio de presunción de inocencia se trata de un derecho fundamental reconocido en el artículo

Principio de intervención mínima en Derecho Penal

El Derecho Penal sólo debe intervenir en los casos más graves de ataques a intereses sociales fundamentales. Cuando los bienes necesitados de protección pueden serlo por mecanismos menos lesivos al ciudadano, habrá que acudir a éstos. De ahí que se hayan propuesto sustitutivos penales, sanciones no punitivas civiles y administrativas. – Carácter secundario y carácter

Principio de peligrosidad en Derecho Penal

El art. 6 del CP recoge el principio de peligrosidad. Su incorporación al CP conlleva una extensión de los planteamientos garantistas a las medidas de seguridad. El principio de peligrosidad tal y como está recogido, fundamenta las medidas de seguridad en la peligrosidad social del sujeto exteriorizada en la concreción de hechos punitivos como el

Principio de culpabilidad en el Derecho Penal Positivo

El principio de culpabilidad presenta consecuencias: no hay pena sin culpabilidad; esto es que la aplicación de la pena está condicionada a la existencia del dolo o imprudencia y que a la capacidad de comportarse de acuerdo a las normas punitivas y no habrá actuado de acuerdo con las normas punitivas. Esta consecuencia no supone

Principio de culpabilidad en Derecho Penal

El principio de culpabilidad supone otra importante limitación al Derecho Penal en un estado social y democrático de derecho. Plantear el principio de culpabilidad en la actualidad supone reconocer el debate y la polémica que surgen sobre el mismo. En cualquier caso, hay que reconocer que las objeciones, más que contra el mismo, están dirigidas

Principio de legalidad en Derecho Penal

Origen y significado Constituye uno de los límites más importantes, se expresa de la siguiente forma: “ningún hecho puede ser estimado como delito sin que una ley anterior lo haya calificado como tal. No podrá aplicarse ninguna pena que no haya sido previamente establecida por ley”. Nullum crime sine lege, Nullam pena sine lege. Su

Derecho Penal del enemigo

Cuando surge el fenómeno nuevo se tiende a la expansión del DP. Se propugna desde esta asignatura un DP mínimo con las garantías tradicionales y respetuoso con los principios tradicionales del DP y con el principio de intervención mínima. Ningún fenómeno expansivo puede justificar limitación o extensión de los tradicionales principios del DP. La pérdida

Fundamento y fin de la medida de seguridad

Junto a la pena, el DP prevé la medida de seguridad como mecanismo de reacción. En cuanto al concepto, BERISTAIN IPIÑA afirma que la medida de seguridad se puede definir como un medio asistencial consecuente con un hecho típicamente antijurídico aplicado por los órganos jurisdiccionales a tenor de la ley a las personas peligrosas. La

Fundamento y fin de la pena

La pena es un mal puesto que se produce en un acto de fuerza que la sociedad emplea para la defensa y que supone en última instancia para el individuo una privación de derechos. Se justifica por su necesidad y tiene un fundamento doble: • Por un lado la culpabilidad, que juega fundamentalmente como una

Función de prevención del Derecho Penal

La función esencial del Derecho Penal es la protección de bienes jurídicos. Sin embargo, esta idea se aleja del hecho punible cometido y del bien jurídico lesionado, pues para éste, el Derecho Penal, llega demasiado tarde. Es admisible el criterio de KAUFMANN de que la protección de bienes jurídicos mira al futuro, al comportamiento del

Concepto y concreción de bien jurídico

Indiscutiblemente, el bien jurídico es uno de los conceptos fundamentales del Derecho Penal. Su concepto y contenido están sometidos a constantes discrepancias que en la actualidad se pueden vincular al siguiente binomio: teorías constitucionalistas y orientaciones sociológicas. En relación con esta cuestión, hay que tener en cuenta, a mi juicio, que la declaración del art.

Función de protección del Derecho Penal

De las diversas teorías existentes se puede inferir que el Derecho Penal tiene una doble función de protección y de prevención. A mi juicio, la función protectora que con primacía debe cumplir el Derecho Penal se refiere al amparo de bienes jurídicos del ciudadano y de la comunidad. En definitiva, el Derecho Penal cumple una

Normas penales en blanco

En ocasiones la norma penal no se presenta completa. Es cierto que algunas normas penales se emplean solo para determinar más concretamente el supuesto de hecho o la consecuencia jurídica. Véase por ejemplo el artículo 252 del Código Penal o el 20.3. Con lo cual podemos decir como regla general es manifiesta la existencia de

Contenido y esencia de las normas penales

Es un tema importante y de gran complejidad. En esencia, en cuanto al contenido se manejan tres teorías: la norma penal como regla de determinación, la norma penal como regla de valoración, la norma penal como regla de valoración y determinación. La norma como regla de determinación Para los que defienden la norma como regla

Estructura de la norma penal

En primer lugar hay que señalar que la doctrina se plantea el estudio de la ley penal en sentido formal, ley como objetivación de la actividad jurídica del Estado y en sentido material, como contenido de esas objetivaciones. Nosotros siguiendo el manual vamos a aludir a la estructura de la ley desde su perspectiva externa

Normas penales (introducción)

Se utiliza de forma indiscriminada el término ley, norma, disposición e incluso precepto, pero paradójicamente el CP no alude al término norma (se emplea el vocablo ley, disposición, precepto, pero no encontramos el término norma penal. Como diez SAIZ CANTERO, algunos penalistas identifican los términos ley penal y norma penal, otros suelen diferenciarlos. Estos distintos

Derecho Penal y Derecho Privado

Son de cierto relieve las relaciones entre el derecho civil y el penal. El primero conserva todavía vestigios de derecho común. El título preliminar del CC ha actuado a veces con una función cuasi constitucional de ahí que algunos preceptos del mismo, como el artículo 4 y 8, aludan a las leyes penales. No se

Derecho Penal Internacional y Derecho Internacional Penal

Al igual que sucedía antes, son intensas las relaciones entre Derecho Penal y Derecho Internacional. Piénsese en cuestiones como la validez de la ley penal en el espacio, qué ley aplicar cuando un extranjero comete delitos en territorio nacional o cuando un nacional lo hace en el extranjero, o cuando un nacional que lo hace

Derecho Penal y Constitucional

La vinculación entre ambos sectores es destacable e importante. Se configura por un conjunto de reglas jurídicas que afectan a la esencia del Estado y es la manifestación más característica de la potestad soberana. El sistema penal no puede prescindir de las normas y de los principios constitucionales. Las relaciones DP, D constitucional se pueden

Derecho Penal y Derecho Administrativo

Es francamente complejo el concretar los límites y las barreras entre el Derecho Penal y el Derecho Administrativo. En este sentido colabora a dificultar más todavía la cuestión la facultad que tiene la Administración de establecer prohibiciones e imponer sanciones a quienes las incumplen. La Administración goza de potestad sancionatoria y además de potestad ejecutiva

Derecho Penal Militar

El derecho penal militar está desarrollado por la LO 13/1985 de 9 de diciembre de Código Penal Militar. Se discute sobre la razón y el alcance y justificación de la justicia militar como opción diferenciada y autónoma de la jurisdicción general. En cualquier caso, y sin entrar en la polémica, la mejor alternativa a mi

Derecho Penal de Menores

Se dirige a una clase concreta de autores y se encuentra regulado en la LO 5/2000 de 12 de enero Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores y su Reglamento, RD 1774/2004 de 30 de julio por el que se aprueba el reglamento de dicha ley, que es aplicable a las personas menores de

Derecho de ejecución de penas

El Derecho penal está integrado por las normas vinculadas a la introducción, cumplimiento y seguimiento de las penas, medidas de seguridad y consecuencias accesorias. En este ámbito destaca Ley Orgánica 1/1979 de 26 de septiembre General Penitenciaria y su Reglamento regulado por RD 190/1996 de 9 de febrero por el que se aprueba el Reglamento

La pretendida naturaleza secundaria del Derecho Penal

En relación con la naturaleza del DP se han planteado posiciones encontradas en relación con su autonomía o accesoriedad, pudiendo resumirse las diversas posturas de la siguiente forma: – Los que afirman la naturaleza secundaria o subsidiaria del DP bien porque el supuesto de hecho de la ley penal presupone un precepto que está fuera

El Derecho penal como Derecho público

Es frecuente estructurar los diversos sectores que conforme al ordenamiento jurídico en múltiples clasificaciones. Una muy conocida es la que distingue Derecho Público y Derecho Privado, diferenciación que si bien está consolidada, no se puede decir que esté unánimemente aceptada. En cualquier caso, lo que no parece discutible es el carácter inequívocamente público del DP,

Responsabilidad civil y Derecho penal. La reparación del daño.

Es uno de los más complejos del DP. El hecho delictivo produce generalmente dos efectos: ofensa y daño. Ofensa.- tratándose de una agresión a bienes jurídicamente protegidos, determina en la mayoría de los casos, una pena o una medida de seguridad como consecuencia jurídica. Daño.- suponiendo un menoscabo de intereses privados, provoca en la mayoría

Concepto del Derecho Penal

¿Cuál es el papel del derecho penal? Es un sistema para proteger los bienes jurídicos y asegurar el orden social y la seguridad de las personas. Originariamente se ofertaron nociones puramente descriptivas como la de Holtzendorff que estimaba de una manera muy simple el D. Penal como conjunto de normas que regula el Dº Positivo.

Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

Bien jurídico protegido: dignidad humana: derecho de todo inmigrante a alcanzar la plena integridad social, derechos sociales y políticos de los inmigrantes. Tipo básico: Conducta típica: se castiga al que directa o indirectamente promueva favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas con traslado desde o a España. Sin embargo no

Delitos contra la seguridad e higiene en el trabajo

Bien jurídico protegido: seguridad en el trabajo (ausencia de riesgos para la vida y salud del trabajador dimanentes de las condiciones materiales de prestación del trabajo). Sujeto activo: los que estén legalmente obligados a facilitar los medios necesarios (delito especial). Conducta típica: omisión (para muchos es comisión por omisión u omisión impropia), el empresario tiene

Delitos contra la libertad sindical y el Derecho a la huelga

Vamos a ver en esta entrada los delitos contra la libertad sindical y el derecho a la huelga. – Delitos contra la libertad sindical y el Derecho a la huelga + Bien jurídico a proteger El bien jurídico a proteger es el Derecho fundamental de libertad sindical y el Derecho de huelga. + Sujeto activo

Discriminación laboral

Tipo objetivo: producir una grave discriminación (diferencia de trato entre dos sujetos no conforme a derecho) en el empleo público o privado. Se requiere que el sujeto activo no restablezca la situación de igualdad ante la ley tras el requerimiento o sanción administrativa (condición de punibilidad). Sujeto activo: cualquiera (suele ser un funcionario). Sujeto pasivo:

Migraciones ilegales o fraudulentas

Apartado 1: promover o favorecer la inmigración clandestina (al margen de la normativa). Quedan fuera del tipo las migraciones internas. Accion típica: promover o favorecer por cualquier medio la inmigración clandestina de trabajadores. Sujeto: Activo: delito común; pasivo: trabajadores extranjeros (en plural). Tipo subjetivo: dolo. Consumación: llegada de inmigrantes a España, cabe la tentativa (el

Tráfico ilegal de mano de obra

Apartado 1º: delito de tráfico en sentido estricto. Sujeto activo: delito común. Sujeto pasivo: trabajadores nacionales o extranjeros. Acción típica: colocarse al margen de los mecanismos legales como la cesión ilegal de mano de obra. La colocación irregular solo entrará en el tipo cuando se ponga en peligro el derecho de acceso al trabajo de

Imposición y mantenimiento de condiciones ilegales de trabajo o seguridad social

Condiciones laborales o de Seguridad Social de los trabajadores que tengan reconocidos por disposición legal, convenio colectivo o contrato individual. No se respeta el principio de intervención mínima ya que debería regirse sólo a derechos esenciales. Apartado 1: Imposición de condiciones Objeto material: Condiciones laborales: las que constituyan el contenido del convenio de trabajo. Condiciones

Delitos contra los derechos de los trabajadores

El derecho penal del trabajo se establece como materia unificada en el CC (siglo XX). El Título 15 verdaderamente es un genuino delito económico porque la opinión mayoritaria es que con estos tipos no se está protegiendo los derechos individuales de los trabajadores sino el contenido básico de la relación social entre trabajador y empresario.

Blanqueo de capitales

El blanqueo de capitales consiste en la ocultación bienes de origen delictivo con el fin de dotarlos de una apariencia de legitimidad. Bien jurídico protegido: debe interpretarse desde la afectación del orden económico exclusivamente. Bien jurídico: licitud de los bienes que circulan en el mercado. Bien jurídico mediato: funcionamiento del sistema de libre mercado. Objeto material

Administración desleal o fraudulenta

El delito de administración desleal o fraudulenta surgió ante la imposibilidad de aplicar el delito de apropiación indebida en muchos supuestos, en especial en el ámbito bancario. Bien jurídico: Patrimonio de los sujetos pasivos (patrimonios individuales), no es bien jurídico colectivo. Sujeto pasivo Socios, depositantes, titulares de bienes valores o capital que la sociedad administra

Obstaculización a la actuación de inspección o supervisión administrativa

Este precepto plantea problemas porque ya existe una normativa administrativa sancionadora que regula conductas de obstaculización prácticamente coincidentes con el artículo 294 del Código penal. Las puntualizaciones hechas al 293 son validas aquí, si bien el 294 tiene la particularidad de ir dirigido a un bien jurídico supraindividual del orden económico. Bien jurídico: correcto funcionamiento

Obstaculización del ejercicio de los derechos de los socios

En la legislación extrapenal se incluye esta clase de comportamientos como un ilícito mercantil que además de la vía de impugnación de acuerdos sociales nulos o anulables permite la interposición de acciones de responsabilidad contra los administradores y que se revela eficaz hasta hoy. Los derechos de los socios más importantes son: voto (político) y

Imposición o aprovechamiento de acuerdo lesivo adoptado por mayoría ficticia

Anteriormente el 291 y 292 estaban regulados de forma conjunta pero son totalmente diferentes: aquí los autores no obtienen la mayoría de forma lícita sino de forma fraudulenta y esta conducta sí es merecedora de pena (a diferencia de la conducta del artículo 291). Bien jurídico: patrimonio de la sociedad o socios. Sujeto pasivo: socios

Imposición de impuestos abusivos mediante prevalimiento de situación mayoritaria

La doctrina mayoritaria proclama la falta de legitimidad de la intervención penal para sancionar conductas que puedan ser ya efizcamente combatibles por medio del Derecho privado. La ausencia de una auténtica necesidad de la intervención penal en este terreno obliga a llevar a cabo una interpretación restrictiva de todos los elementos del tipo del artículo

Falsedades documentales de la sociedad

Bien jurídico: el artículo 290 dice que la veracidad e integridad de la información suministrada. Patrimonio de la sociedad, socios y terceros + funcionalidad del documento en relación jurídica. Es un delito pluriofensivo. Sujetos pasivos: sociedad, socios y terceros con relacion jurídica o económica con la sociedad. Objeto material: documentos que reflejen la situación jurídica

Condición de persiguibilidad

El artículo 296 dice que todos los delitos del capítulo XVIII solo serán perseguidos mediante la denuncia de la persona agraviada o de su representante. Si la persona es menor, podrá denunciar también el Ministerio Fiscal. Son delitos semipúblicos por exigir exclusivamente denuncia y no querella y por referirse a Ministerio fiscal. Caso: se niega

Concepto de sociedad

El artículo 297 incluye a las cooperativas, cajas de ahorro, mutuas, entidades financieras o de crédito, fundaciones y sociedades mercantiles. Las sociedades mercantiles son las reguladas en la legislación mercantil sin que pueda extender a las sociedades atípicas (no previstas en el OJ). Sin embargo hay que incluir a las sociedades ocultas en las que

Autoría y participación en los delitos societarios

Requisito de impugnación de un hecho: sujeto activo idóneo, resultado imputable objetivamente, que se de dolo y que el hecho sea personal y directamente atribuible como obra suya. Esta consideración es importante puesto que en sociedades mercantiles son frecuentes las atribuciones y funciones colegiadas y a efectos penales es necesario saber si han de responder

Sujeto activo en los delitos societarios

En los delitos de los artículos 290, 293, 294 y 295 se alude a los administradores de hecho o de derecho de una sociedad constituida o en formación para designar al sujeto activo. En los delitos de los artículos 291 y 292 no se incluye esta restricción de sujeto activo. 1. Administrador de derecho: órganos

Sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural

El artículo 289 Código penal dice que el que por cualquier medio destruyera, inutilizara o dañara una cosa propia de utilidad social o cultural o de cualquier modo la sustrajera al cumplimiento de los deberes legales impuestos en interés de la comunidad. Bien jurídico: naturaleza colectiva: protección de la dimensión social de la propiedad por

Abuso de información privilegiada bursátil

Quien de forma directa o x persona interpuesta use alguna información relevante para la cotizacion de cualquier tipo de valores o instituciones negociales en algun mercado organizado, oficial o reconocido a la q haya tenido acceso reservado con ocasión del ejercicio de su actividad profesional o la suministre obteniendo un beneficio mayor a 600.000 euros

Alteración de precios en concursos y subastas públicas y alteración de los precios naturales

Incurrirán en un delito de alteración de precios en concursos y subastas públicas y alteración de precios naturales los que difundiendo noticias falsas empleando violencia, amenaza o engaño o utilizando información privilegiada intenten alterar los precios que habrían de resultar de la libre concurrencia de productos, mercancías, títulos o valores, servicios o cualquier otra cosa

Abuso o manipulación de aparatos electrónicos

Incurrirá en un delito de abuso o manipulación de aparatos electrónicos el que sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales facilite el acceso a un servicio de codificación sonora o televisiva mediante: 1. Fabricación, importacion, distribución, puesta a disposición por vía electrónica, venta, alquiler, etc. 2. Instalación, mantenimiento, sustitución de equipo informático.

Facturación falsa

Incurrirán en un delito de facturación falsa los que en perjuicio del consumidor realicen facturas de cantidades superiores por productos o sus precios se midan por aparatos automáticos mediante la alteración y manipulación de estos. Se trata de un figura sui generis. Bien jurídico: intereses económicos de los consumidores y usuarios: bien colectivo o difuso.

Publicidad fraudulenta

Los fabricantes y comerciantes que en su publicidad hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas que pueden perjudicar gravemente a los consumidores sin perjuicio de pena por otros delitos. Tiene su fundamento en el artículo 20 Constitución española: derecho a la información y regimen civil paralelo (Ley Cons y Us y Publ). Bien jurídico protegido:

Desabastecimiento de materias primas

El desabastecimiento de materias primas es un delito que ataca a los derechos de los consumidores y tiene su fundamento en el artículo 51 (organización mercantil). Bien jurídico protegido: Intereses de los consumidores. Tipo básico: Sustraer del mercado materias primas o productos de primera necesidad para desabastecer un sector, forzar una alteración de precios o

Difusión, revelación o cesión de secreto

El que difunda, revele o ceda un secreto llevado a cabo por quien tuviera obligación de guardar reserva. Se trata del deber de sigilo que se tiene legal o contractualmente colmando una laguna del derecho. A diferencia del artículo 278.2 del Código Penal el acceso a la información es lícito (se infringe el deber de

Delito de espionaje empresarial

El delito de espionaje empresarial se aplica a quien para descubrir un secreto de una empresa se apodere de documentos escritos, informáticos u otro medio del artículo 197 del Código Penal. Objeto material: secreto: conocimiento reservado a un círculo limitado de personas y se oculte a otras. Para ser protegido penalmente tiene que tener valor

Descubrimiento y revelado de secretos de empresa

Actualmente vivimos en la sociedad de la información (se considera un tema mas privado que social). Antes de 1995, se regulaban en los delitos que afectan a la intimidad. En el Código penal de 1995, cambian su ubicación para tratar de proteger la información en cuanto a valor patrimonial que puede tener más valor que

Delitos contra el mercado y los consumidores

Los delitos contra el mercado y los consumidores son delitos que afectan a los consumidores (artículos 281-283), competencia (artículos 284-286) y al secreto profesional (artículos 278-280). No es necesaria la lesión particular de ningún consumidor para la existencia del delito. Los autores precisan que el secreto debería regularse en la propiedad industrial. En los delitos

Defraudación de denominación de origen

El artículo 275 del Código penal dice que a quien intencionadamente y sin estar autorizado para ello, utilice en el tráfico económico una denominación de origen o una indicación geográfica representativa de una calidad determinada legalmente protegidos para distinguir los productos amparados por ellas con conocimiento de esta protección. Son tres los intereses a proteger:

Defraudación de marcas y signos

Los comportamientos del artículo 274 del Código penal recaen sobre el mismo objeto material, es decir, un derecho de propiedad industrial: el signo distintivo. En varios aspectos habría de reproducirse lo dicho en el artículo 273 Cp: se requiere que el derecho de propiedad industrial esté registrado, la acción típica ha de ser ejecutada sin

Defraudación de patentes o modelos de utilidad y similares

En el artículo 273 del Código penal el legislador ha tipificado distintas conductas que recaen sobre patentes, modelos de utilidad, dibujos industriales o artísticos o topografías de productos semiconductores. Estos bienes jurídicos habrán de unirse al general del derecho de exclusividad. El artículo 273.1 CP establece que será castigado con la pena de prisión de

Delitos contra la propiedad industrial

Pese a la indudable dimensión socioeconómica que poseen los delitos contra la propiedad industrial, encontramos en ellos que el objeto jurídico inmediatamente tutelado es de naturaleza individual. Ese bien jurídico individual se fundamenta en la idea del monopolio legal o derecho de exclusividad que constituye el contenido jurídico de todas las modalidades de delitos contra

Responsabilidad penal de la propia empresa: consecuencias accesorias

Ahora tratamos la responsabilidad de atribuir responsabilidad a la empresa y no a las personas jurídicas que actúan en su seno. Las razones que se dan al respecto son: 1. Dificultades de la persecución y castigo de las personas físicas que obran en el ámbito de la criminalidad empresarial. 2. Reducido efecto preventivo que tienen

Responsabilidad de los órganos de la empresa en materia de delitos especiales

Ahora nos centramos en que las cualidades o condiciones específicas exigidas en el tipo para ser sujeto activo concurran en la empresa y no en los órganos que la integran. Por tanto, importa en este ámbito la cuestión de la responsabilidad del representante: es decir, las actuaciones que lleva a cabo un sujeto como representante

Responsabilidad de los órganos de las empresas en materia de delitos comunes

La escisión entre el sujeto que planea y el que ejecuta hace necesario que se creen unas estructuras de imputación personal que hagan atribuible el hecho delictivo a los verdaderos responsables. Debemos distinguir: 1. La responsabilidad del ejecutor material o inmediato del hecho No es la cuestión más importante ni la más enrevesada y más

Delitos socioeconómicos como delitos empresariales

La mayor parte de los delitos socioeconómicos se ejecutan a través de una empresa, es decir, son delitos de empresa. Estos delitos vulneran bienes jurídicos por medio de una actuación que se lleve a cabo para la empresa y es aquí donde comienza los problemas de imputación penal derivados de la criminalidad organizada horizontalmente (división

Error vencible e invencible

Error vencible: El sujeto no actúa sin culpabilidad, puesto que podía haber conocido la prohibición pero puede ser atenuada su culpabilidad (pena inferior en uno o dos grados). Error invencible: excluye la culpabilidad. Esta es la teoría a la que se ha acogido la doctrina mayoritaria dado que al ser la imprudencia una técnica residual